¿Quién es el oficial de cumplimiento corporativo?
Es la persona natural designada por los integrantes de un grupo económico, en el marco de las disposiciones contempladas en la normativa que resulte aplicable, para lo cual deben contar con la autorización expresa de la UIF y, de ser el caso de los titulares de los organismos supervisores de otros sujetos obligados del grupo económico. El cargo de Oficial de Cumplimiento Corporativo (OCC) debe ser a dedicación exclusiva y tener primer nivel gerencial en uno de los sujetos obligados conformantes del grupo económico.
Las normas sectoriales establecen los requisitos aplicables. Las empresas que conforman un grupo económico a las que se le aplique más de una norma sectorial, deben cumplir con los requisitos más exigentes que resulte aplicable para designar un OCC.
La autorización para contar con un OCC puede ser revocada por la UIF, considerando las características particulares de los sujetos obligados que conforman el grupo económico.