a. Implementar un sistema de prevención de lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo, que incluya políticas y normas acerca de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y la designación del oficial de cumplimiento.
b. Llevar, comunicar y conservar un Registro de Operaciones, cuando corresponda.
c. Prevenir, detectar y comunicar a la UIF, operaciones sospechosas, cuando corresponda, así como atender oportunamente las solicitudes de información que realice la UIF para el cumplimiento de sus funciones.
d. Mantener la reserva de la información suministrada a la UIF, bajo responsabilidad.
Para consultas online relacionadas a supervisión de sujetos obligados supervisados por la UIF-Perú escribir a consultasupervisionuif@sbs.gob.pe