Advertencia: para la emisión de cartas fianza en el marco de procesos de contratación con el Estado, conforme con lo establecido en el artículo 148 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, vigente desde el 01.02.2019, las entidades autorizadas a emitir tales garantías, además de encontrarse supervisadas por la SBS, deben contar con Clasificación B o superior, lo cual debe ser acreditado debidamente ante la entidad beneficiaria.