La identidad del oficial de cumplimiento se circunscribe única y exclusivamente a los códigos secretos que la UIF otorga para identificar tanto al sujeto obligado como al oficial de cumplimiento, los que deben ser utilizados en todas las comunicaciones, registros, reportes, informes y, en general, en todas las comunicaciones remitidas a la UIF.
La solicitud de nuevos códigos por extravío, debe ser suscrita por el oficial de cumplimiento y remitirla en original a la UIF a través de la Mesa de Partes Virtual de la SBS en el siguiente enlace: https://www.sbs.gob.pe/mesa-de-partes-virtual. Para descargar el formato de solicitud, pulse aquí.