El registro, no es un licenciamiento, sin embargo, desde el principio de declaración jurada, permite el inicio de la supervisión integral de la solvencia e integridad de la Coopac, así como del sistema Coopac en general, a través de la aplicación de exigencias regulatorias, y la supervisión permanente de dichas entidades. Las Coopac, desde su constitución en registros públicos, cuentan con un plazo de 20 días para solicitar su inscripción en el registro. De no cumplir con ello, e dispondrá la clausura inmediata de sus oficinas, contando para ello con el apoyo e intervención del Ministerio Público.
Nivel de COOPAC y nivel de operaciones permitidas
Al obtener el registro, la SBS precisa a la Coopac su nivel en el esquema modular, según su monto de activos, así como su nivel de operaciones permitidas.
