• Modificar
    página:
  • A-
  • A+
SBS publica bases de próxima licitación de afiliados al SPP
Leer

SBS publica bases de próxima licitación de afiliados al SPP

Lima, 13 de noviembre de 2020.- En cumplimiento a lo establecido en la Ley del Sistema Privado de Pensiones (SPP), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Circular N.° AFP-175-2020, aprobó las bases y el cronograma de la quinta licitación del servicio de administración de las cuentas individuales de capitalización (CIC) de los trabajadores que se incorporen al SPP.

De acuerdo a lo establecido en dicha norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la apertura de sobres y la adjudicación se realizarán el próximo 18 de diciembre mediante acto público.

La AFP ganadora de esta licitación asumirá la afiliación de los trabajadores que se incorporen por primera vez al SPP, a partir del 1 de junio de 2021 hasta el 31 de mayo de 2023. Estos afiliados permanecerán en dicha AFP por un período de dos años; sin embargo, también se contempla que, luego de haber transcurrido 180 días de permanencia, los afiliados tengan la posibilidad de traspasarse a otra AFP, siempre y cuando, esta última le ofrezca una mayor rentabilidad neta de comisiones.

Cabe destacar que el resultado de las licitaciones anteriores ha permitido, de forma positiva, perfilar una sostenida tendencia a la baja de las comisiones por la administración del fondo de pensiones, tal como se muestra en el siguiente cuadro:

Seguro previsional

De otro lado, la SBS, mediante Resolución N.° 2803-2020, ha aprobado modificaciones al proceso de otorgamiento de la cobertura del seguro previsional, con la finalidad de establecer un marco normativo orientado a garantizar un entorno que promueva una acción responsable de los diversos participantes del SPP respecto de los beneficios que el sistema provee, cautelando el derecho del afiliado o de los beneficiarios, según corresponda, a percibir una pensión.

La norma, también publicada hoy en el Diario Oficial, incorpora un procedimiento para evaluar la cobertura del seguro previsional, por la regularización de las aportaciones con posterioridad a la fecha de ocurrencia de un siniestro. Se dispone que, mientras dure dicha evaluación, las empresas de seguros que participan del seguro colectivo de invalidez y sobrevivencia, y en tanto no se cuente con un pronunciamiento definitivo de la autoridad jurisdiccional, otorgarán una pensión preliminar al afiliado o sus beneficiarios, hasta por 48 meses, periodo durante el cual el siniestro se considera bajo evaluación.

Vencido dicho plazo, y en tanto no se haya emitido una medida judicial en contrario, se procede con la constitución del aporte adicional por parte de las empresas de seguros para proveer el pago de una pensión definitiva al afiliado o a los beneficiarios, según corresponda, con cargo al seguro previsional.


Desea imprimir la Nota de Prensa

SBS publica bases de próxima licitación de afiliados al SPP, haz click en imprimir