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Ley N° 29091


 

Ley que modifica el párrafo 38.3  del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y en portales institucionales.

Numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento de la Ley N° 29091 Conforme al artículo 2° de la Ley N° 29091, las entidades se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en sus portales institucionales los siguientes documentos:

Reglamento de Organización y Funciones - ROF

Cuadro de Asignación de Personal - CAP

Manual de Operaciones aplicable a los programas y proyectos que se encuentran adscritos a la Entidad.

Clasificador de cargos (puestos y requisitos)

Escala remunerativa de la Entidad incluyendo regímenes especiales

Disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Entidad o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas. No están comprendidos las directivas referidas a procedimientos internos de la Entidad.

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SBS-DIR-SBS-313-06

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SBS-DIR-SBS-339-05

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Información actualizada al 2022.