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Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú Ltda. (PRESTAPERÚ) en Disolución

Mediante Resolución SBS N°3881-2019 de fecha 22 de agosto de 2019, publicada el 24 de agosto del 2019, conforme con lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30822 (Ley COOPAC), desarrollada en el “Procedimiento aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que al 1 de enero de 2019 se encuentran con solicitud, presentada por la Superintendencia, de disolución y liquidación en trámite ante el Poder Judicial sin que se haya expedido sentencia”, aprobado por la Resolución SBS N° 034-2019 (el Procedimiento); la SBS declaró la disolución de PRESTAPERÚ por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa.

Donación del sector cooperativo para la cobertura extraordinaria de socios ahorristas de PRESTAPERÚ

En aras de proteger el ahorro de los socios, y con la finalidad de demostrar la solidez del sistema cooperativo y el espíritu solidario que lo caracteriza, un grupo de cooperativas – de manera extraordinaria y por única vez – han decidido donar una suma importante de dinero, que de acuerdo con las instrucciones de los donantes permitirá cubrir un monto de hasta 1,400 soles por persona, de todos los socios de PRESTAPERÚ que sean personas naturales, que no mantengan deuda con la Cooperativa mayor a sus depósitos, y que no se hayan desempeñado como directivos de la misma.

Condiciones de la cobertura extraordinaria

De acuerdo con las instrucciones de los donantes de los fondos utilizados para la cobertura parcial de los socios de PRESTAPERÚ, sólo se brindará dicha cobertura de hasta 1,400 soles, por persona, a socios de PRESTAPERÚ que sean personas naturales, que no mantengan deuda con la Cooperativa mayor a sus depósitos, y que no se hayan desempeñado como directivos de la misma. En caso se trate de cuentas mancomunadas, el monto de cobertura que corresponda se dividirá a prorrata entre los titulares de la cuenta. Cada beneficiario deberá proceder a cobrar la devolución que corresponda de forma personal; sin embargo, en todo momento, la cobertura máxima por persona y por cuenta será de 1400 soles.

Listado de Beneficiarios

A partir del 28 de agosto de 2019, la SBS irá dando a conocer los beneficiarios de esta cobertura extraordinaria.

El Listado de Beneficiarios irá siendo actualizado, en tanto se va procediendo al levantamiento de la información operativa de la Cooperativa y a la verificación de la veracidad y sustento de dicha información.

Conoce si te encuentras en el listado de socios beneficiarios ingresando tu DNI aquí.

Cualquier duda con respecto a los listados, luego de su publicación, puede absolverse llamando a los teléfonos de la SBS (0-800-10840); en las oficinas de la Cooperativa ubicadas en calle Mariscal Ramón Castilla 758, Magdalena del Mar, Lima, en Avenida Goyeneche 305 Cercado, Arequipa, y en calle Moquegua 249, Moquegua; o, acercándose a las oficinas de atención de la SBS a nivel nacional.

Pago de la cobertura extraordinaria

La cobertura de hasta 1400 soles podrá hacerse efectiva a partir del 16 de septiembre de 2019 en cualquier agencia del Banco de la Nación a nivel nacional.
Coteja antes de ir a cobrar, que ya hayas sido incorporado en el Listado de Beneficiarios. El Banco de la Nación sólo realizará el pago y no podrá en ningún caso absolver dudas o consultas.

Más información sobre Prestaperú en disolución

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