Respecto a la información difundida sobre la contratación del servicio de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales e internacionales, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) considera necesario precisar lo siguiente:
- La SBS cumple funciones de regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo, así como de prevención y detección del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y promoción de la educación e inclusión financiera. Estas funciones son de alcance nacional y tienen como finalidad contribuir a la solidez de los sistemas supervisados y proteger a sus usuarios, tal como se encuentra establecido en la Constitución Política y en las leyes que la regulan.
- Los viajes de la SBS responden al cumplimiento de sus funciones. Más del 90 % tienen como destino distintas regiones del país y están orientados principalmente a la supervisión directa y acompañamiento de cooperativas de ahorro y crédito, cajas municipales, cajas rurales y demás entidades bajo su ámbito de competencia. Estas acciones permiten fortalecer una supervisión cercana, oportuna y basada en el conocimiento de la realidad de cada región. La SBS supervisa a más de 160 entidades establecidas fuera de Lima.
- Es importante aclarar que no ha existido una superposición en la ejecución de contratos de agenciamiento de pasajes aéreos como indica el reportaje. La SBS tuvo un primer contrato de agenciamiento con vigencia del 15 de abril de 2025 al 7 de junio de 2026, que culminó por saldo insuficiente; y mantiene solamente en ejecución un contrato de agenciamiento con vigencia del 8 de junio de 2026 al 7 de junio de 2028.
- El monto del contrato vigente no corresponde a un gasto efectuado, sino que responde al valor estimado de un contrato de dos años para el servicio integral de agenciamiento y que varía según su ejecución. Al tratarse de una contratación bajo la modalidad de precios unitarios, la SBS paga únicamente por los pasajes y servicios efectivamente utilizados.
- La SBS convocó a un concurso público ya que el servicio de agenciamiento de pasajes aéreos nacionales e internaciones que requiere, no se encuentra comprendido en el Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco vigente. Cabe precisar que el servicio antes indicado que requiere la SBS es integral y abarca también la emisión de pasajes, la asistencia, la búsqueda de rutas, reservas, modificaciones, cancelaciones, atención de contingencias y reportes, entre otros servicios de gestión. Este servicio es utilizado por la mayoría de entidades públicas, pues reduce, al final, el valor del proceso de compra de pasajes, pues ya no se requiere de mayor personal para efectuar todas las labores antes descritas.
- Los precios de los pasajes consignados en las bases del concurso público son referenciales y no corresponden a las tarifas que necesariamente paga la SBS al momento de la emisión. Sobre el particular, es preciso resaltar que las tarifas de los pasajes varían según fecha de compra, disponibilidad, temporada, horario, tipo de equipaje y otras condiciones.
- De otro lado, los viajes que realiza la SBS al exterior corresponden a actividades vinculadas al cumplimiento de funciones institucionales de representación en más de 10 asociaciones internacionales, en dos de las cuales tiene calidad de presidente: Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), y en una como miembro del Directorio: Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL); además, estos viajes permiten la capacitación y coordinación con organismos internacionales, reguladores y supervisores homólogos.
- La SBS considera legítimo el escrutinio sobre el uso de los recursos públicos, pero este debe realizarse sobre la base de información completa, verificable y contextualizada. En ese sentido, presentar montos contractuales (bolsa máxima a ejecutar) como gastos efectuados o valores referenciales como precios efectivamente pagados puede generar conclusiones equivocadas en la ciudadanía. Esta precisión resulta especialmente relevante ante la campaña de cuestionamientos reiterados y dirigidos que se vienen difundiendo sobre la SBS y, particularmente, sobre la labor de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú.
- La UIF-Perú es una unidad autónoma y técnica que viene cumpliendo un rol muy importante en el combate del lavado de activos y sus delitos precedentes, tales como la extorsión, en cooperación con el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú; su calidad profesional y resultados han sido reconocidos públicamente por contrapartes, países cooperantes e incluso por informes internacionales.