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Se publica reglamento operativo para el traslado entre regímenes previsionales desde el 1 de junio de 2027
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Se publica reglamento operativo para el traslado entre regímenes previsionales desde el 1 de junio de 2027

Lima, 11 de setiembre de 2026.-  En el marco de la implementación de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, publicó el Reglamento Operativo de Traslados, aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000081-2026-PE-ONP. El reglamento, elaborado en coordinación con la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS), regula los procedimientos y condiciones para el tránsito entre los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Este avance constituye un paso importante en la implementación del Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), al establecer un marco que permitirá a los afiliados trasladarse entre regímenes previsionales de manera voluntaria, informada y transparente.

Según lo establecido, a partir del 1 de junio de 2027, se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados.

Traslado informado y digital

Todos los afiliados tienen la posibilidad de trasladarse del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones o viceversa, siempre que lo hagan de forma informada y aceptando las condiciones y los beneficios de cada régimen.

De acuerdo con el reglamento, las claves del proceso son:

  • Plataforma única: El trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.
  • Disponibilidad: El primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.
  • Restricciones: Los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

Finalmente, la SBS emitirá normas complementarias y continuará coordinando con la ONP las acciones correspondientes para asegurar un proceso de traslado seguro, transparente y orientado a una adecuada toma de decisiones previsionales por parte de los ciudadanos.


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