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SBS establece procedimiento que entidades financieras deberán seguir para aprobar las comisiones y gastos
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SBS establece procedimiento que entidades financieras deberán seguir para aprobar las comisiones y gastos

Las entidades financieras presentarán a la SBS un informe que contenga el sustento de cada comisión y/o gasto con la finalidad que estos sean aprobados.

Lima, 15 de diciembre de 2021.-  Con la finalidad de adecuar el marco legal relacionado a las comisiones y gastos, que las empresas del sistema financiero trasladan a los usuarios, a la Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros (Ley N° 31143), promulgada por el Congreso de la República, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 037408-2021, emitió el Reglamento de comisiones y gastos del sistema financiero, el cual establece el procedimiento, los plazos y requisitos que estas empresas deberán seguir para la aprobación de sus comisiones y gastos.

De acuerdo con la norma, publicada hoy en el Diario Oficial, las entidades financieras presentarán a la SBS un informe que contenga el sustento de cada comisión y/o gasto con la finalidad que estos sean aprobados, de manera previa, a su trasladado a los usuarios.

Las comisiones y/o gastos deben implicar un servicio adicional y/o complementario a lo contratado por el usuario, ser prestados efectivamente y haber sido previamente pactados. Asimismo, deben corresponder a las categorías de comisiones y gastos establecidos por la SBS, lo que facilitará su comprensión por parte de los usuarios y su comparación entre diferentes entidades financieras que ofrecen el mismo servicio, lo que contribuirá a mayor transparencia de la información en el sistema financiero en beneficio del público en general.

Como parte del cambio normativo, también se actualizaron los reglamentos de gestión de conducta de mercado del sistema financiero (Resolución SBS N° 3274-2017), de tarjetas de crédito y Débito (Resolución SBS N° 6523-2013) y de infracciones y sanciones (Resolución SBS N° 2755-2018), a fin de incorporar diversas disposiciones de la Ley N° 31143, principalmente, aquellas relacionadas a la prohibición de cobro de penalidades por atraso en el pago de préstamos y otras comisiones establecidas en dicha Ley, así como por la emisión automática del certificado de no adeudo y de levantamiento de garantías. 


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