La Comisión de Economía del Congreso aprobó el Proyecto de Ley Nº 28/2011-CR del 11 de agosto del 2011 que tiene como propósito establecer un marco legal claro y especifico sobre los derechos y obligaciones de las partes que intervienen en un contrato de seguros – asegurados y compañías de seguros - , a fin de otorgar un trato justo y equitativo para los contratantes.
La propuesta legislativa tiene como base el anteproyecto de la Ley del Contrato de Seguros, que fuera preparada por una Comisión Multisectorial creada por Resolución Ministerial Nª 024-2006-JUS en donde participó el Ministerio de Justicia, Indecopi, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, representantes de las compañías de seguros, organizaciones de defensa al consumidor, entre otros. Cabe señalar que desde el año 1996 se han presentado diversas iniciativas legislativas al Parlamento para regular la industria de seguro, sin éxito alguno.
La propuesta aprobada busca otorgar un marco jurídico Ad Hoc al Contrato de Seguros el mismo que hoy se encuentra regulado por el Código de Comercio de 1902 y cuyas normas no responden a los cambios de la economía, por lo que muchos de sus artículos resultan obsoletos e inaplicables. Algunos aspectos del citado contrato también se encuentran regulados por las normas de derecho común contenidos en el Código Civil, así como por disposiciones emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Por esta razón se tiene un cuerpo legal muy disperso y con diferentes bases jurídicas.
Cabe destacar que la iniciativa presentada al Congreso, recoge además la actual normativa del Código de Consumo, teniendo como propósito desarrollar una clara protección del público usuario del mercado de seguros, siendo éste el único sistema que aún no lo incorpora plenamente en su marco jurídico, tal como ya se realiza en el Sistema Financiero.
Beneficios para el asegurado
La industria de los seguros es una actividad de interés público, por ello esta iniciativa legislativa recoge importantes cambios en esta materia en beneficio del asegurado que es la parte más débil en la contratación. Así, los cambios que establece el proyecto de Ley son:
- Otorgar a los asegurados una mayor equidad y transparencia en la contratación de seguros
- Prevalencia de condiciones más favorables al contratante o asegurado
- Determinación de cláusulas abusivas y prohibidas
- Aplicación del principio de Máxima Buena Fe
- Establece las formalidades para la Contratación
- Define la Naturaleza del Contrato
- Estipula condiciones sobre la Vigencia y Renovación de Contrato
- Precisa la aplicabilidad de las normas de Defensa y Protección al Consumidor
- Dispone los requerimientos de Reglas de Interpretación del Contrato
- Regulación de situaciones ante la falta de pago de la prima
- Establece disposiciones sobre seguros patrimoniales y de personas
Casos frecuentes
Entre los problemas más frecuentes que se presentan con las pólizas de seguros en la actualidad podemos citar el caso del Contrato de Seguro de Vehículos, en donde se estipula que si ocurre un siniestro el asegurado debe dar aviso de inmediato a la empresa aseguradora, lo que muchas veces no se puede realizar por la magnitud del siniestro. Pese a lo ilógico del requisito esto es considerado como causal para liberar a la aseguradora de asumir su responsabilidad. Sin embargo, de aprobarse este proyecto se ampliaría el plazo de aviso a 7 días, estableciéndose además que el no aviso no corresponde causal de rechazo de la indemnización por parte de la aseguradora.
Otro caso se presenta en los seguros de desgravámenes cuando el asegurado deja de pagar la póliza del seguro. Actualmente la compañía solicita evidencia de asegurabilidad para rehabilitar la póliza, pero con la modificación solo bastará que el asegurado pague el total de cuotas vencidas para rehabilitar la póliza, sin ninguna otra condición, siempre y cuando no haya ocurrido un siniestro.
Situación similar se presenta en el caso de la renovación de las pólizas de seguros de salud bajo nuevas primas y condiciones sin que previamente se haya realizado una comunicación al asegurado. Con el proyecto, se obliga a las compañías de seguros a enviar un aviso por escrito al asegurado, detallando en forma destacada las modificaciones del seguro con una anticipación mínima de 30 días previos al vencimiento del contrato. Si el asegurador no cumple con informar la póliza se renueva automáticamente en los mismos términos y condiciones.
Con la aprobación de la Comisión de Economía solo queda pendiente su debate en la Comisión de Justicia para que pueda pasar al Pleno del Congreso.
Lima, mayo del 2012