• Modificar
    página:
  • A-
  • A+
SBS publica proyecto de norma de prevención LA/FT para empresas de transporte y custodia de dinero y valores, factoring y arrendamiento financiero no supervisadas
Leer

SBS publica proyecto de norma de prevención LA/FT para empresas de transporte y custodia de dinero y valores, factoring y arrendamiento financiero no supervisadas

Lima, 30 de octubre de 2026.- Con la finalidad de fortalecer la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado un proyecto de norma aplicable a las empresas que prestan servicios de transporte y custodia de dinero y valores, comprendidas en el Decreto Legislativo N.°1213 (norma que regula la seguridad privada) y que no son supervisadas por la Superintendencia.

La propuesta también incluye a las empresas de factoring y de arrendamiento financiero que no están comprendidas en la Ley N.°26702 (Ley General del Sistema Financiero) y, por lo tanto, no están bajo el ámbito de supervisión de la SBS. A ellas se suman las sociedades gestoras de fondos de inversión de oferta privada no supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).

Si bien estos sujetos obligados son supervisados por la UIF-Perú en materia de prevención del LAFT y deben implementar un sistema de prevención LA/FT, conforme a la Ley N°27693 (Ley que crea a la UIF-Perú), se requiere también una norma que establezca requisitos, obligaciones y procedimientos, entre otros aspectos, que deben cumplir. Esta necesidad responde al análisis efectuado por esta unidad especializada, que identifica una mayor exposición de estas actividades al riesgo de LA/FT.

El proyecto propone regular los componentes del sistema de prevención de LA/FT de estos sujetos obligados. Entre ellos figuran el conocimiento de directores, trabajadores y proveedores; la capacitación; el manual y el código de prevención; el oficial de cumplimiento —corporativo y alterno, de ser el caso—; los factores de riesgo de LA/FT; el reporte de operaciones sospechosas; el informe anual del oficial de cumplimiento; y la auditoría interna.

Asimismo, se establece la aplicación de los regímenes general y reforzado de debida diligencia en el conocimiento del cliente; así como el umbral a partir del cual las operaciones deben anotarse en el registro de operaciones.

Cabe precisar que las empresas que prestan el servicio de transporte y custodia de dinero y valores no supervisadas por la SBS fueron incorporadas a la relación de sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú) en marzo de 2025 (Decreto Supremo N.°004-2025-JUS).

En mayo de ese mismo año, se sumaron a esta relación las sociedades gestoras de fondos de inversión de oferta privada y las empresas de factoring fuera del ámbito de supervisión de la SBS (Decreto Supremo N.°008-2025-JUS). Posteriormente, en mayo de 2026, se incluyó a las empresas de arrendamiento financiero no supervisadas por la SBS (Decreto Supremo N.°008-2026-JUS).

El proyecto de norma está publicado en el portal institucional de la SBS (https://www.sbs.gob.pe/normativa-y-estandares/normativa/prepublicacion-de-proyectos-normativos) y estará disponible para recibir comentarios y sugerencias hasta el 14 de noviembre de 2026.


Desea imprimir la Nota de Prensa

SBS publica proyecto de norma de prevención LA/FT para empresas de transporte y custodia de dinero y valores, factoring y arrendamiento financiero no supervisadas , haz click en imprimir