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Instituciones financieras publicarán su información contable y financiera en sus portales web
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Instituciones financieras publicarán su información contable y financiera en sus portales web

Lima, 21 de marzo de 2025.- Como parte de la digitalización de los procesos estatales y de los sistemas supervisados, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante la Resolución N.°01065-2025, ha actualizado el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero con el propósito de que las instituciones del sistema financiero difundan sus dictámenes de auditoría, estados financieros anuales auditados, la memoria anual y los estados contables trimestrales a través de sus sitios web, reconociendo que estos canales digitales ofrecen fácil acceso y disponibilidad.

Según la norma publicada hoy en el Diario Oficial, esta medida incluirá también al Banco de la Nación, Banco Agropecuario, la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), el Fondo Mivivienda y las empresas emisoras de dinero electrónico.

Hasta antes de la aprobación de esta modificación, las empresas del sistema financiero venían publicando de forma obligatoria sus estados financieros en medios impresos.

De otro lado, la norma precisa los plazos límites para la aprobación y publicación de la memoria anual de las empresas del sistema financiero. Así, se establece que dicho documento debe ser aprobado por la Junta General de Accionistas, teniendo como plazo máximo el 31 de marzo y debe ser publicado en sus portales web dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación.

En el caso de las derramas, estas deberán publicar en su página web, de manera conjunta, los estados financieros de cierre de ejercicio anual auditados y el dictamen de la sociedad de auditoría. Esta información estará disponible de forma permanente para el público. La publicación se realizará dentro de los siete (7) días hábiles luego de la aprobación por el máximo órgano correspondiente para este fin. Tratándose de la memoria, estas entidades deberán publicar en su página web la memoria anual en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de su aprobación por el máximo órgano de aprobación y estarán disponibles de manera permanente para el público.

Por su parte, las AFP deberán publicar en su página web sus estados financieros de cierre de ejercicio anual auditados y el dictamen de la sociedad de auditoría dentro de los siete (7) días hábiles de aprobado por la Junta General de Accionistas. Asimismo, señala que la memoria anual debe ser publicarla en su web dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación por el órgano social competente. Esta información estará disponible de forma permanente para el público.

De otro lado, la norma establece el contenido mínimo de la memoria anual de las empresas del sistema financiero y de las AFP.


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