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Nuevas disposiciones sobre líneas paralelas entrarán en vigencia el 1 de enero de 2021
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Nuevas disposiciones sobre líneas paralelas entrarán en vigencia el 1 de enero de 2021

Lima, 08 de abril de 2020.- Con la finalidad de que las entidades financieras puedan enfocar sus esfuerzos en brindar facilidades a los usuarios y no afectar la cadena de pagos ni la economía, ante la situación de emergencia por la que atraviesa el país, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha considerado conveniente modificar la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones relacionadas a las líneas paralelas establecidas por la Resolución N° 5570-2019.

Así, mediante Resolución N° 1278-2020 publicada hoy en el Diario Oficial, se establece que estas disposiciones entrarán en vigencia el 1 de enero de 2021. Inicialmente, debieron empezar a regir el pasado 27 de marzo.

Como se recuerda, en noviembre pasado, la SBS aprobó diversas disposiciones con el objetivo de brindar mayor transparencia en la información de la línea de crédito y se reconoció a las denominadas líneas paralelas como financiamientos adicionales, distintos a la línea de crédito de la tarjeta. Se dispuso que la información sobre estos financiamientos adicionales debe contar con un cronograma y una hoja resumen de forma independiente y separada a la información correspondiente a la tarjeta de crédito.

Cabe indicar que, hasta la nueva fecha establecida para su entrada en vigencia, las líneas paralelas pueden seguir siendo contratadas por los usuarios como productos vinculados y dependientes a la tarjeta de crédito. Esto con la finalidad de brindar mecanismos de liquidez a los usuarios para afrontar las dificultades económicas generadas por el impacto la situación de emergencia que hoy vive el país.


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