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Cajas Municipales podrán ofrecer una gama más amplia de servicios financieros
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Cajas Municipales podrán ofrecer una gama más amplia de servicios financieros

Lima, 14 de julio de 2017.- Con el propósito de modernizar el marco legal especial de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC), el Ejecutivo promulgó la Ley que modifica y fortalece el funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC). De esa forma, estas entidades contarán con similares mecanismos y condiciones que el de las instituciones micro financieras privadas para adaptarse exitosamente al nuevo contexto económico en donde prima la competencia y la innovación.

La norma busca preservar su aporte al desarrollo de las microfinanzas peruanas y en la provisión de servicios financieros descentralizados en el país. Así, su participación en los activos del sistema financiero peruano pasó de 1.3% a 5.5% en el periodo comprendido entre el año 2000 y abril de 2017, y si se toma en cuenta el sistema micro financiero, dicha participación asciende a 53%.

Entre los principales puntos que contiene la medida podemos mencionar las modificaciones introducidas a la Junta general de Accionistas y el Directorio así como sus facultades, en línea con lo establecido en la Ley General de Sociedades, de manera que se contribuya a una gestión técnica de la CMAC. De igual forma, se uniformiza el periodo de vigencia del mandato de los directores a 3 años (actualmente es de 1 a 2 años), a fin de contribuir a una mayor estabilidad del órgano directivo.

Con relación al capital social y operaciones, se incrementa el capital mínimo aplicable a las CMAC (similar al de una Financiera, debiendo ser ahora S/ 13.5 MM con saldos actualizados a la fecha, guardando concordancia con el mayor número de operaciones que se les permitirá realizar sin requerir previa autorización de la Superintendencia. Entre ellas podeos citar emisión de bonos y certificados de depósitos, comprar, conservar y vender oro, acciones de instituciones financieras del exterior, y sociedades de servicios auxiliares o complementarios, canalización de operaciones de comercio exterior, servir de agente financiero para la colocación e inversión en el país de recursos extranjeros.

Beneficios a los ahorristas y microempresarios

De acuerdo a la nueva norma, las CMAC podrán ofrecer una gama más amplia de servicios financieros, sin requerir una autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, tales como la compra, conservación y venta de oro; servicios de custodia de valores, documentos y objetos y alquiler de cajas de seguridad (importante ante la ocurrencia de desastres naturales), canalización de operaciones de comercio exterior, entre otras.

Asimismo, se facilita el ingreso de terceros inversionistas en calidad de socios minoritarios en el capital social de las CMAC, y se le autoriza la emisión de títulos valores en el mercado de capitales. Ambos aspectos permitirá que las CMAC cuenten con mayores recursos para respaldar el crecimiento de sus colocaciones, facilitando el acceso al crédito a los micros y pequeñas empresas y generando así una mayor inclusión financiera.

Se establecen también diversos mecanismos para fortalecer el gobierno corporativo y el manejo técnico de las CMAC (e.g. precisión del rol de la Junta General de Accionistas, mayor estabilidad de los directores, porcentaje diferenciado de reinversión de utilidades en función de la calidad de la gestión, ntro otros), lo cual contribuirá a que dichas instituciones continúen proveyendo de servicios financieros descentralizados en el país, en condiciones competitivas, en términos de plazo, montos y tasas.

De igual forma, se instaura un mecanismo de preservación del sistema, el cual establece mayores mecanismos para que una CMAC pueda cumplir con los requerimientos de capital que pueda requerir la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para preservar su sostenibilidad. Ello es importante para elevar el grado de protección de los recursos de los depositantes de las CMAC.

En el caso del fortalecimiento patrimonial, la norma dispone que se mantenga la reinversión mínima de utilidades del Concejo de 50%. Además, se incluye un esquema diferenciado en caso la CMAC tenga problemas de gobierno corporativo o una débil gestión de riesgos, incrementándose dicho porcentaje a 75%.

Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional

 


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