Lima, 14 de marzo de 2017.- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) presentó al Congreso de la República un proyecto de ley destinado a fortalecer la supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), organizaciones conformadas por transportistas públicos que otorgan a sus asociados el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) que brinda una cobertura similar al SOAT.
El proyecto busca dar atención a las necesidades de los asegurados que han sido víctimas de un accidente de tránsito en el cual participó un vehículo de transporte público que contaba con cobertura del CAT. De acuerdo a la experiencia de supervisión, la SBS ha visto por conveniente proponer una serie de cambios legislativos entre los que figuran la posibilidad de establecer que el ingreso al mercado de las Afocat este determinado por el cumplimiento de los requisitos señalados por la SBS en las etapas de organización y funcionamiento.
Sobre el punto, la SBS precisó que el ingreso de una AFOCAT al mercado se da con su inscripción en el Registro que tiene a cargo, condición indispensable para poder emitir los CAT, previo al cumplimiento de algunas condiciones jurídicas, técnicas y económicas. No obstante, se han identificado aspectos que requieren una revisión que permita mejorar dichas condiciones. Estás condiciones están referidas a una mayor evaluación de estatutos, idoneidad del consejo directivo y del gerente general, condiciones del local donde opera, contar con aspectos tecnológicos mínimos así como una nota técnica adecuada, entre otras.
El proyecto de ley busca mejorar el proceso de inscripción para el ingreso de las AFOCAT reforzando aspectos vinculados al gobierno corporativo, gestión y solvencia de las asociaciones. De esta forma, el ingreso de una AFOCAT se obtendrá habiendo cumplido previamente con los requisitos que le serán solicitados en las etapas de organización y funcionamiento conforme lo establecerá la SBS con las facultades que le otorgue el proyecto de ley.
Gobierno corporativo
Otro de los puntos abordados por la iniciativa es el fomento para la aplicación de buenas prácticas de gobierno corporativo, estableciéndose las responsabilidades de los órganos de gobierno y los requisitos de idoneidad que deben reunir los principales directivos y funcionarios de la AFOCAT. Sobre el tema, la SBS señala que actualmente existen problemas de gobierno corporativo, como consejos directivos con mandatos de largo plazo, padrón inadecuado y desactualizado de asociados, debilidades en dictámenes de auditores externos, estatutos que limitan la participación de los asociados, o inexistencia de un órgano de control interno. A través del proyecto de ley, se innova el concepto de gobierno corporativo, estableciéndose una adecuada gestión de las AFOCAT, en base a una administración prudente y una eficiente organización interna de sus órganos de gobierno.
Asimismo, se introduce la figura jurídica del “Consejo de Vigilancia” como órgano de control interno de la AFOCAT y se otorga a la SBS la facultad de revisión y aprobación previa del Estatuto y sus modificaciones. La propuesta también establece un esquema de recaudación centralizada de recursos, teniendo en cuenta que pocas AFOCAT trasladan íntegramente el importe correspondiente al Fideicomiso encargado de la gestión de los recursos para el pago de siniestros. La recaudación y/o cobranza centralizada de los recursos provenientes de la venta del CAT, permitirá que los recursos se encuentren a buen recaudo y sean usados para los fines que corresponden, una parte a la atención de siniestros y una parte para los gastos administrativos.
También se propone incorporar la posibilidad de contar con los servicios de un centralizador operativo, considerando que las economías a escala posibilitarán que las AFOCAT sean más eficientes en la gestión de sus gastos administrativos; por tanto, con el proyecto de ley, se plantea que las AFOCAT puedan conformar una o varias entidades centralizadoras operativas que administren los procesos de generación de información contable, financiera, técnica, de auditoría interna u otros que requiera la SBS.
De igual forma se propone una mayor divulgación de información económica y financiera de las AFOCAT, así como el establecimiento de disposiciones específicas para una salida ordenada del mercado. Del mismo modo, se plantea definir claramente el ámbito de competencia de las instituciones del Estado relacionadas con el transporte público, como son: SBS, Gobiernos Locales y/o Regionales, MTC, SUSALUD, e INDECOPI.
Así, el proyecto de ley precisa que la entidad encargada de autorizar el ingreso al mercado es la SBS. Asimismo, la legislación establece el alcance de la cobertura del CAT (ámbito de servicio público urbano e interurbano) y el tipo de transporte público objeto de cobertura (vehículo habilitado por la autoridad competente para prestar servicios de transporte provincial de personas, urbano e interurbano, incluyendo los mototaxis). El proyecto de ley establece expresamente que los Gobiernos Locales y/o Regionales no pueden ampliar el alcance del CAT ni autorizar el funcionamiento de AFOCAT.
Finalmente se señala que el MTC mantendrá la facultad reglamentaria sobre las características, formalidades y coberturas del CAT, mientras que INDECOPI y SUSALUD también mantendrán sus facultades en el ámbito de sus competencias. Esta última podrá emitir la reglamentación para que las AFOCAT puedan conciliar y cancelar las deudas que mantienen por gastos médicos, con las Instituciones Prestadoras de Salud (IPRESS) públicas, administradas por el MINSA y los Gobiernos Regionales.
Descargar Proyecto de Ley 1021-2017-SBS
Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional