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Incorporación de nuevos sujetos obligados fortalecerá a la UIF
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Incorporación de nuevos sujetos obligados fortalecerá a la UIF

Lima, 30 de noviembre de 2016.- Las empresas procesadoras de tarjetas de crédito y/o débito, los juegos y apuestas deportivas a distancia, los abogados y contadores que realicen habitualmente asesoramiento financiero y/o servicios societarios en nombre de un tercero, el Jurado Nacional de Elecciones(JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), entre otros, se consideran sujetos obligados y por ello deberán comunicar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) las operaciones sospechosas que detecten. 

Así lo informó la Superintendencia de Banca, Seguros y SBS (SBS), tras precisar que el Decreto Legislativo N°1249 publicado el 26 de noviembre, fortalece la UIF y refuerza el régimen de los sujetos obligados incorporando nuevos actores. Asimismo, asigna a la UIF la supervisión de: agentes inmobiliarios; agencias de viaje y turismo; establecimientos de hospedaje; empresas mineras; y, los juegos de loterías y similares. En tanto, el MINCETUR tendrá a su cargo la supervisión de los juegos y apuestas deportivas a distancia.

El dispositivo también otorga a la UIF la facultad para  pedir a un Juez Penal de Lima el acceso a las reservas tributaria y bancaria. Esta solicitud debe ser formulada por la UIF en cada caso que investiga, contando el juez con un plazo de 48 horas para resolverla en forma reservada. Asimismo, se le otorga la facultad para compartir con la Fiscalía información de inteligencia sobre delitos previos de lavado de activos (secuestro, extorsión, corrupción, etc.) que detecte en su investigación. 

Por otro lado, y a fin adecuar la legislación a los estándares de la ONU y la Recomendaciones del GAFI, la norma mejora la tipificación penal sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo, incluyéndose el financiamiento del terrorismo como delito precedente de lavado de activos y la figura de los terroristas individuales como pasibles de recibir financiamiento para concretar sus actos delictivos. 

Finalmente, se crea un Órgano Centralizado de Prevención del lavado de activos y del Financiamiento del terrorismo (OCP LA/FT), que es una base centralizada de información de los notarios a nivel nacional, a través del cual se efectuará un análisis de la información notarial de forma integrada, entre otros temas. 

La SBS deberá alcanzar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en un plazo de 90 días, la propuesta de un nuevo Reglamento de la Ley N° 27693  - Ley que crea la UIF -  y dentro de los 120 días calendario a partir de la fecha de su publicación, deberá emitir la regulación sectorial aplicable a los sujetos obligados bajo la supervisión de la UIF. 

Cabe precisar que en tanto no se dicte el nuevo reglamento de la Ley N° 27693 seguirá vigente lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2016-JUS, en lo que resulte aplicable. 

Para acceder a la norma, ingrese AQUÍ

Si tuviera dudas o consultas, podrá remitirlas a través del siguiente enlace: http://www.sbs.gob.pe/principal/categoria/consultas/934/c-934

Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional 


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