La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó nuevas normas relacionadas con los fondos privados de pensiones, con el objetivo de agilizar los procesos de inversión a cargo de las AFP, así como promover una mayor diversificación y diferenciación de la cartera de inversiones, impulsar la competencia entre las administradoras para obtener la mayor rentabilidad posible en beneficio de los afiliados del Sistema Privado de Pensiones.
Michel Canta, Superintendente Adjunto de AFP y Seguros, explicó que, con el nuevo marco, se ha eliminado la obligación de registrar los instrumentos financieros considerados “simples” y con mayor frecuencia de inversión, los cuales representan alrededor del 95% del fondo de pensiones.
En adelante, las AFP podrán invertir directamente, sin la autorización previa de la SBS, en acciones locales y extranjeras, papeles de renta fija (bonos en sus diversas modalidades e instrumentos de corto plazo), instrumentos estructurados (siempre y cuando no incorporen instrumentos derivados y/o fondos alternativos en su estructura), fondos de inversión que usen instrumentos derivados para fines de cobertura, cuotas en fondos mutuos locales y extranjeros, forwards de monedas para plazos menores de un año.
“El nuevo marco legal le permitirá aprovechar las oportunidades de inversión en el momento que se presente en el mercado financiero, además de diversificar su cartera, reducir su volatilidad y maximizar la rentabilidad. Esto forma parte de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones y del mercado de capitales locales. Todo en favor de los afiliados“, indicó Canta.
Entre los instrumentos que aún requerirán la autorización previa de la SBS, que representan a la fecha el 3% del fondo de pensiones, tenemos a las cuotas de participación de fondos mutuos o de inversión alternativos (private equity fund, venture capital fund, entre otros), los instrumentos derivados usados para cobertura y gestión o manejo eficiente de portafolio (excluyendo a los forwards de monedas de corto plazo), cuotas de participación de fondos de inversión tradicionales que usen instrumentos derivados para fines distintos a los de cobertura, entre otros.
La norma entrará en vigencia en seis (6) meses, dado que brinda un periodo de adecuación a las AFP, a fin que fortalezcan sus unidades de inversión y de análisis de riesgo.
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