Si una persona natural o jurídica pretende realizar actividades financieras en el Perú, debe asegurarse si requiere obtener alguna autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS); o, por lo menos, si debe registrarse en esta entidad. Así, por ejemplo, si la idea del negocio es captar ahorros o dinero del público, bajo cualquier modalidad, se requerirá una autorización de la Superintendencia, conforme al artículo 11° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros[1].
Por otro lado, si el negocio es el otorgamiento de préstamos o el cambio de moneda, se requerirá inscribirse en el “Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda”, a cargo de la SBS. Dicho registro fue creado por el Decreto Legislativo N° 1106 y tiene por finalidad que las empresas de préstamos sean supervisadas por la SBS, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú), en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
Entonces, si alguna persona natural o jurídica desarrolla alguna de las actividades antes señaladas -y cualquier otra prevista en la Ley N° 26702- sin la previa autorización de la SBS, o sin obtener el registro de esta entidad, incurrirá en informalidad financiera. En ese sentido, la informalidad financiera está definida como el ejercicio de una actividad financiera sin la autorización o registro requeridos por ley.
Los efectos de la informalidad financiera son siempre negativos. Así, las personas que ejercen actividades financieras de manera informal pueden ser objeto de sanciones administrativas e, incluso, de denuncias penales. Por otro lado, desde el punto de vista de los usuarios, el contratar servicios financieros informales supone no solo involucrarse en actividades ilegales, sino asumir riesgos de pérdida de su patrimonio o de ser estafados. Por tanto, desde todo punto de vista no es bueno tolerar, ni menos participar en actividades financieras informales.
Las empresas multinivel
Es muy común asociar la idea de la informalidad financiera con los esquemas de venta de las empresas denominadas “multinivel”. En estricto, dicha asociación automática no siempre es correcta, lo que no significa que, en efecto, en algunos casos haya esquemas informales (piramidales) que utilicen como pretexto el esquema de venta multinivel.
Pero, ¿qué se entiende por esquema de venta multinivel? En principio, como hablamos de “venta”, este concepto se aplica en el mundo de la venta o comercialización de bienes y servicios. La actividad de compra y venta de bienes y servicios es, naturalmente, lícita, y ella puede darse a través de diversos mecanismos de comercialización. Uno de ellos es el esquema de venta multinivel, que consiste que la difusión y venta de un producto se hace no a través de tiendas establecidas, sino a través de redes de personas que, empleando el mecanismo de propaganda boca a boca, consiguen clientes a través de sus contactos personales o realizando eventos focalizados. Es decir, no es la empresa la que, directamente, vende sus productos a través de tiendas, sino que lo hace de manera simultánea a través de los denominados “distribuidores” a “socios” que asumen los costos de difusión y comercialización.
En principio, por tanto, la actividad de venta de productos y servicios, en donde, naturalmente, hay productos o servicios que se venden, y en donde hay una persona o empresa responsables, y representantes legales autorizados, es una actividad lícita. Sin embargo, hay quienes emplean esta modalidad, para esconder casos de informalidad financiera.
Las supuestas empresas multinivel y la informalidad financiera
Si algún amigo o familiar lo ha invitado a una reunión para presentarle un “negocio” innovador que, a cambio de una pequeña “inversión”, le permitirá ganar mucho dinero en poco tiempo, también tenga cuidado, porque lo pueden involucrar en una pirámide financiera que, a la postre, le hará perder su dinero invertido.
En efecto, con lamentable periodicidad, aparecen en el mercado esquemas de negocios que, bajo la apariencia de promover actividades económicas innovadoras, inducen al público a “invertir” su dinero en supuestos productos o servicios que se venden -también supuestamente- a través de un esquema de venta multinivel, y que les va a redituar muy altas ganancias en poco tiempo. Y para ello, motivan a su vez a sus afiliados, a enrolar a más a personas al esquema, formando una cadena o pirámide.
En estos casos, no existe ninguna empresa formalmente constituida, ni representantes legales debidamente inscritos en Registros Públicos ni, menos, una dirección física donde una persona pueda averiguar algún dato de la empresa. Lo que existe es abundante publicidad motivadora, generalmente difundida a través de redes sociales, que promete prosperidad casi inmediata si -allí está el secreto- logran que más personas inviertan y se afilien a su esquema.
Ciertamente, hay que desconfiar de estos esquemas, pues no es económicamente viable que alguien pueda obtener una ganancia espectacular de, por ejemplo, 10% o 20% mensual, que es lo que estos modelos o esquemas de negocios ofrecen, bajo la apariencia de un esquema de venta multinivel.
¿Qué precauciones debemos tener?
En general, los consumidores deben adoptar ciertas medidas preventivas antes de ingresar a una relación de consumo (compra de bienes o servicios). Algunas de estas medidas deben ser más estrictas cuando está de por medio la entrega de parte de nuestros ahorros a terceros.
Una primera regla de oro es desconfiar de los negocios en los que nos prometen mucha ganancia en poco tiempo. Es verdad que hay negocios reales y lícitos, en los que se puede obtener ganancias superiores al promedio, pero asumiendo un alto riesgo. Para ello, es mejor asesorarse con especialistas. Lo normal, en cambio, es que uno mismo adopte sus decisiones de consumo, y en ese caso, es mejor tener una actitud prudente, descartando los ofrecimientos de ganancias espectaculares en poco tiempo.
Otra medida de prudencia es informarse bien acerca de quién está detrás del negocio. Es decir, qué empresa o qué persona (es importante verificar su existencia real) es responsable de la actividad económica a la que nos están invitando. Para ello, pueden consultarse fuentes de información como Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), Registros Públicos, guías telefónicas y, en general, cualquier otra fuente de información, que por general es accesible desde Internet.
Adicionalmente, es importante documentar o dejar constancia de algún modo de la transacción que realizamos. Sea a través de documentos físicos, fotos, mensajes de texto, correos electrónicos, vouchers bancarios, etc. Es decir, la idea es conservar alguna prueba de la operación que hayamos realizado, con señalamiento, cuando menos, de la persona o empresa a la que estamos entregando nuestro dinero y la fecha de la operación.
Casos alertados por la SBS
En los últimos meses, la SBS ha advertido que ha recibido consultas y denuncias respecto a esquemas de negocios que estarían recibiendo dinero del público, sin contar con su autorización. Estos son:
- IMARKETSLIVE. Esquema multinivel que vende paquetes educativos para convertirse en trader del mercado Forex (intercambio de divisas). Modalidad de compra mensual obligatoria, que es exonerada si se inscribe a nuevos usuarios, por los que brinda supuestas grandes ganancias.
- KUVERA. Esquema multinivel que se autodenomina Informativa y Educativa en asesoría financiera y que, supuestamente, trabaja en Forex y con criptomonedas. Esquema que ofrece supuestos grandes beneficios por la inscripción de nuevas personas.
- AIRBIT CLUB. Esquema multinivel que propone el trading de criptomonedas, unido a un supuesto club de beneficios. Igual que los anteriores, brinda grandes ganancias por inscribir a nuevas personas al esquema.
Naturalmente, la SBS recomienda verificar bien la información que brindan los promotores de estos negocios y evitar involucrase en ellos en virtud a que representa un alto riesgo de perder su dinero. Máxime, si no existe una empresa formal ni representantes conocidos que respalden esta actividad.
Denuncia la informalidad financiera
Si usted conoce o le han ofrecido ingresar a algún esquema de negocios de los que hemos detallado, le pedimos lo denuncie. Así, evitará que las personas que se esconden detrás de estas actividades ilegales sigan causando daño.
Cualquier consulta o denuncia relacionada con personas o empresas que presten servicios financieros, sin autorización de la SBS, puede ser presentada a esta entidad, a los teléfonos 0-800-10840 (línea gratuita a nivel nacional) o al correo electrónico informalidad@sbs.gob.pe. También pueden visitar la página de la Superintendencia: www.sbs.gob.pe/informalidad.
[1] “Artículo 11° ACTIVIDADES QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA.
Toda persona que opere bajo el marco de la presente ley requiere de autorización previa de la Superintendencia de acuerdo con las normas establecidas en la presente ley. En consecuencia, aquélla que carezca de esta autorización, se encuentra prohibida de:
1. Dedicarse al giro propio de las empresas del sistema financiero, y en especial, a captar o recibir en forma habitual dinero de terceros, en depósito, mutuo o cualquier otra forma, y colocar habitualmente tales recursos en forma de créditos, inversión o de habilitación de fondos, bajo cualquier modalidad contractual (…)”.