Los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz (Principios Básicos) constituyen los lineamientos mínimos que el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (Comité) ha establecido para una adecuada regulación y supervisión prudencial de los bancos; siendo en gran medida aplicables también a las instituciones financieras no bancarias que captan depósitos y prestan servicios similares a los bancos. Estos estándares permiten a los supervisores bancarios evaluar la calidad de su regulación y supervisión, e identificar los aspectos que requieren mejora; y, de esta manera, contribuyen con el fortalecimiento del sistema financiero mundial. Los Principios Básicos son utilizados también por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM) en su Programa de Evaluación del Sector Financiero (FSAP, por sus siglas en inglés) para evaluar la calidad de la regulación y supervisión bancaria en los distintos países.
Estas evaluaciones son importantes no sólo porque permiten la identificación temprana de vulnerabilidades en el sistema financiero y la posible existencia de brechas en el marco regulatorio; también permiten mejorar la percepción de que el país tiene un sector financiero sólido y adecuadamente regulado y supervisado, lo que a su vez facilita el desarrollo del mercado y fortalece la confianza del público y de los inversionistas locales e internacionales.
El documento del Comité establece 29 principios y 231 criterios esenciales para evaluar su cumplimiento. Los principios están organizados de la siguiente manera: Del 1 al 13 están dirigidos a evaluar los poderes, responsabilidades y funciones de los supervisores; y, del 14 al 29 están orientados a cubrir las expectativas en materia de supervisión sobre lo que los bancos deben hacer, enfatizando la importancia del gobierno corporativo, la gestión de riesgos y el cumplimiento de los estándares supervisores. No sólo se enfoca en la evaluación de los riesgos actuales de los bancos y la eficacia de la gestión de tales riesgos, incorpora también una visión prospectiva de los riesgos para los sistemas financieros en general.
Luego de una exhaustiva revisión del marco legal, de la regulación prudencial y de los procedimientos y prácticas de supervisión bancaria de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), en noviembre del año 2017 concluyó la última evaluación de los Principios Básicos en el Perú, realizada por una misión conjunta del FMI y BM, en el marco del FSAP, evidenciando un grado de cumplimiento de estos principios muy satisfactorio. Quince (15) de los 29 Principios Básicos fueron calificados como totalmente cumplidos, 13 como cumplidos en gran medida y sólo uno como materialmente no cumplido. Este resultado refleja avances importantes en la adecuación de las normas y las prácticas de supervisión a los estándares internacionales.
En efecto, a continuación se muestra a modo de referencia el grado de cumplimiento de los Principios Básicos en los distintos países, de acuerdo a evaluaciones realizadas bajo los mismos estándares, entre el 2014 y junio 2018, en el marco de los FSAP.
Grado de cumplimiento de los Principios Básicos para una Supervisión
Bancaria Eficaz por regiones

1/ Promedio de Canadá y USA
2/ Promedio de Euro, Alemania, Italia, Reino Unido, Rumanía, Rusia y Suiza
3/ Promedio de China, Corea, India, Japón y Singapur
El documento Detailed Assessment of Observance Basel Core Principles for Effective Banking Supervision (Evaluación detallada de la observancia de los Principios Básicos de Basilea para una Supervisión Bancaria Eficaz) para Perú concluye que la SBS implementó la mayoría de las recomendaciones formuladas en la evaluación del año 2010: Amplió sus unidades especializadas; fortaleció la supervisión de aspectos cualitativos como gobierno corporativo, gestión y control interno; mejoró la supervisión consolidada a través del monitoreo continuo del beneficiario final y la identificación de los riesgos del grupo; y, se aseguró que las entidades financieras cuenten con procesos internos confiables para evaluar la suficiencia de su capital. No obstante, las recomendaciones relacionadas a una mayor protección legal para el personal de la SBS y a que el periodo de designación del Superintendente no coincida con el periodo de gobierno continuaron sin ser implementadas.
Si bien en el documento se reconoce que la SBS ha avanzado mucho en la supervisión consolidada, actuando -cuando advierte alguna debilidad a nivel del grupo económico- sobre la entidad que se encuentra bajo su supervisión directa, la evaluación del FSAP, dado el actual marco legal, concluye que la SBS no tiene poderes suficientes para supervisar directamente a todas las empresas del grupo económico. Es en este sentido que calificó el Principio 1, referido a responsabilidades, objetivos y poderes del supervisor, como materialmente no cumplido.
Como en anteriores oportunidades, la SBS evaluará cuidadosamente todas las recomendaciones formuladas, e incorporará en su planeamiento estratégico de los próximos años las acciones de regulación y supervisión que considere convenientes, incluyendo propuestas legislativas para la adecuación de la Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y de la Ley Orgánica de la SBS en este sentido y continuar el proceso de fortalecimiento de la institución.