A propósito de la promulgación del Reglamento de seguros de vida con componentes de ahorro e inversión (Resolución SBS N° 2388-2021), en agosto de 2021, el cual establece el marco regulatorio para aquellos seguros de vida que tienen como finalidad que los asegurados formen y/o se beneficien de un capital en el mediano y/o largo plazo, resulta importante conocer un poco más acerca de las principales características de las rentas particulares, las cuales han tenido bastante aceptación, entre el público en general, en los últimos años.
La renta particular es un producto de seguro mediante el cual, una aseguradora se compromete a entregar al titular, o a sus beneficiarios, una renta periódica que puede ser vitalicia o temporal, en sus modalidades de renta diferida[1] o renta inmediata[2], en el tipo de moneda de su elección, a cambio del pago de una prima única[3] por parte del contratante.
Como se mencionó, la renta particular es uno de los productos de seguros que más ha crecido y a la fecha viene siendo comercializado por ocho aseguradoras. A diciembre de 2021, el monto de primas de seguros netas (PSN[4]) de este producto ascendió a S/ 1,274.3 millones, representando el 16.4% del total de PSN de los seguros del ramo vida y el 9.7% del total de primas del mercado asegurador. Asimismo, la reserva matemática[5], asociada a este seguro, representó el 11.6% del total de la reserva de primas (reservas matemáticas y reservas de riesgos en curso) del ramo vida y el 10.7% del total de las reservas de primas del mercado asegurador[6].
Evolución de primas de seguros netas
(En millones de soles)
Fuente: Boletín SBS
La demanda de este producto, como alternativa de ahorro y protección a mediano y largo plazo, ganó un impulso significativo a partir de la entrada en vigencia de las Leyes Nº 30425 y N° 30478, promulgadas en abril y junio de 2016, respectivamente, las cuales permiten a los jubilados del sistema privado de pensiones (SPP) retirar hasta el 95.5% del total de los fondos disponibles en su cuenta individual de capitalización.
En este nuevo escenario, las compañías de seguros vienen ofreciendo el producto de renta particular con características flexibles, según las necesidades del asegurado. Se debe indicar que también se trata de un producto que puede ser adquirido por cualquier persona, que sin estar afiliada al SPP, busque acceder a los beneficios que ofrece.
Características de las rentas particulares
A diferencia de las rentas asociadas al SPP, cuyo objetivo es asegurar una pensión vitalicia a los jubilados, las rentas particulares se pueden adecuar a diferentes necesidades de los asegurados. Por ejemplo, además de ofrecer distintos plazos de período garantizado, puede contar o no con opciones de rescate, de préstamo, y/o de devolución parcial o total de la prima única; así como contar con un seguro de sepelio y libre elección del tipo de moneda de la renta a percibir, entre otros atributos que se contratan bajo la figura de cláusulas adicionales.
A continuación, se describen las principales cláusulas adicionales que una persona puede contratar con este seguro, dependiendo de las características propias de los productos que ofrezca cada aseguradora:
- Periodo garantizado. Bajo esta cláusula, la aseguradora garantiza el pago de la totalidad de la renta mensual a favor de los beneficiarios de producirse el fallecimiento del titular, durante el periodo elegido, el cual puede coincidir con la vigencia de la póliza. Por ejemplo, el cliente puede elegir una renta temporal de 15 años, con el mismo periodo garantizado de 15 años.
- Gastos de sepelio. Al fallecimiento del titular, la aseguradora desembolsará/reembolsará los gastos correspondientes al sepelio, de acuerdo con el monto máximo señalado en las condiciones particulares de la póliza.
- Devolución de primas. La aseguradora pagará al titular, o a sus herederos legales en caso de su fallecimiento, un porcentaje o el íntegro del monto inicial con el que se contrató la póliza (prima única). La devolución de la prima única se efectuará al final de la vigencia de la póliza; por lo tanto, esta cláusula sólo aplica cuando se contratan rentas temporales. Sin embargo, los herederos legales pueden solicitar el pago anticipado de la devolución de la prima única calculándose, para ello, el valor presente de dicho monto aplicándole un factor de descuento establecido en la póliza.
- Pagos dobles de rentas. La aseguradora garantiza el pago doble de las rentas mensuales a favor del titular, o a sus beneficiarios en caso de su fallecimiento, según el porcentaje de renta declarado, durante el período elegido especificado en las condiciones particulares.
- Pago de renta en dos tramos. La aseguradora garantiza el pago de una renta mensual compuesta por dos tramos, donde el segundo tramo de la renta es un porcentaje de la renta del primer tramo o viceversa.
- Capital de fallecimiento. En caso del fallecimiento del titular, la aseguradora otorgará a los beneficiarios el monto de indemnización pactado en las condiciones particulares de la póliza, siempre que la causa del siniestro no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones.
- Derecho de rescate. El titular podrá solicitar el rescate que corresponda y la consecuente finalización de la póliza siempre que haya transcurrido el periodo de carencia. El valor de rescate será calculado considerando la tasa de descuento de rescate y el factor de gastos por liquidación de rescate.
- Préstamos. El titular podrá solicitar préstamos a la compañía con cargo a sus rentas no percibidas o porcentaje de devolución de la prima única.
Asimismo, un elemento que diferencia a la renta particular con respecto a los productos de ahorro tradicionales, es que ofrecen un rendimiento garantizado durante la vigencia del contrato que, como ya se mencionó, tiene un horizonte de mediano y largo plazo de duración, lo que permite al asegurado protegerse del riesgo de que las tasas de interés (o la rentabilidad de las inversiones) disminuyan durante el periodo contratado. Esta ventaja puede ser ofrecida por las compañías de seguros de vida que, por la naturaleza de su negocio, gestionan riesgos con ese horizonte temporal.
Finalmente, debemos destacar que, con la difusión de las características de los productos que ofrecen las empresas supervisadas, como las rentas particulares, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene un objetivo de educación financiera, contribuyendo al desarrollo de competencias y capacidades financieras de los ciudadanos y así, puedan tomar decisiones adecuadas relacionadas a la elección de productos de seguros acordes a sus necesidades.
[1] Modalidad de renta en la cual el pago de la renta mensual empieza una vez finalizado un período de tiempo que es definido en la póliza.
[2] Modalidad de renta que no incluye un período diferido; es decir, la renta mensual se paga desde el mes en que el contratante paga la prima única.
[3] En los seguros de prima única, el pago se hace por anticipado y en una sola armada para toda la duración del seguro.
[4] Primas de seguros emitidas por las empresas, deducidas de anulaciones.
[5] Reservas técnicas por primas que cubren los riesgos de vida y el valor actual de las rentas vitalicias, ambas determinadas mediante cálculos actuariales.
[6] Al 31 de diciembre de 2021, la reserva matemática del seguro de renta particular ascendió a S/ 4,414.6 millones; mientras que la reserva matemática de primas del ramo de vida y el total de reserva de primas del mercado asegurador fueron S/ 38,005.2 millones y S/ 41,408.2 millones, respectivamente.