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SBS publica proyecto para modernizar proceso de autorización de nuevas empresas financieras y de seguros
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SBS publica proyecto para modernizar proceso de autorización de nuevas empresas financieras y de seguros

Lima, 26 de junio de 2026.- Como parte de su compromiso con la optimización y modernización del proceso de autorización para el ingreso de empresas al mercado peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado un proyecto de modificación del Reglamento de autorización de empresas y representantes de los sistemas financiero y de seguros.

La propuesta se sustenta en un enfoque basado en riesgos y proporcionalidad, alineado con las mejores prácticas internacionales, con el objetivo de mantener estándares prudenciales adecuados, fortalecer la protección de los ahorristas y preservar la solidez del sistema.

Entre los principales cambios, se propone introducir modalidades diferenciadas de autorización, según el perfil de riesgo y el modelo de negocio de cada entidad: estándar, empresas no captadoras y especial.

Actualmente, se aplica, en términos generales, un procedimiento uniforme de autorización, independientemente de la naturaleza del negocio, el nivel de riesgo, la complejidad operativa o si la entidad capta recursos del público. En ese contexto, empresas de menor riesgo, con un modelo de negocio menos complejo, que no captan recursos del público o que pertenecen a conglomerados supervisados, enfrentan plazos y exigencias similares a los de entidades más complejas.

El proyecto plantea plazos diferenciados para la evaluación integral de las dos etapas que conforman un proceso de autorización, tanto para las solicitudes de organización, como las de funcionamiento, de acuerdo con la complejidad y el riesgo sistémico de cada solicitud.

En el caso de la solicitud de autorización de organización, el plazo para la modalidad estándar no excederá los 120 días; para las empresas no captadoras no excederá los 90 días; y, para la modalidad especial no excederá los 70 días.

En el caso de la solicitud de autorización de funcionamiento, el plazo para las modalidades estándar y especial no excederá de los 180 días; y, en el caso de las empresas no captadoras, no excederá de los 120 días.

El proyecto está publicado en el portal institucional de la SBS (https://www.sbs.gob.pe/normativa-y-estandares/normativa/prepublicacion-de-proyectos-normativos) y estará disponible hasta el próximo 6 de julio para recoger los comentarios y sugerencias de la industria y el público en general.


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