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SBS aprueba medidas para seguros agrícolas
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SBS aprueba medidas para seguros agrícolas

Lima, 18 de febrero de 2019.- Tomando en consideración las características particulares de los seguros agrícolas, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 578-2019, aprobó disposiciones complementarias aplicables a este tipo de seguros.

La norma, publicada hoy en el Diario Oficial, establece que el beneficiario deberá comunicar el siniestro, a la empresa de seguros, en un plazo no mayor de diez (10) días de su ocurrencia, salvo que la póliza contemple un plazo mayor. Cabe indicar que el plazo regular para comunicar un siniestro es de tres (3) días.

Asimismo, se señala que, cuando una empresa de seguros condicione la aceptación de la solicitud de un seguro a una inspección previa al cultivo, predio o unidad de riesgo asegurable, esto deberá ser comunicado al solicitante dentro de los 15 días de presentada dicha solicitud. Los resultados de la inspección previa deberán ser informados al solicitante y adjuntarse a la póliza, de ser aceptada la solicitud. Asimismo, las empresas de seguros podrán realizar inspecciones periódicas cuando lo considere necesario, dejando constancia de los resultados de dichas evaluaciones.

También se requiere que la póliza de seguro incluya las fechas de contratación en función a los cultivos asegurables o la forma de determinarlos y los riesgos cubiertos susceptibles de ocasionar pérdidas o daños de manera directa, fortuita e impredecible a dichos cultivos asegurables.

Finalmente, la norma precisa que, en las condiciones generales del seguro agrícola, se pueden establecer acciones preventivas, indicando claramente los plazos para su cumplimiento y las consecuencias de su incumplimiento.

Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional


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