La renta particular es uno de los productos de seguros que más ha crecido en los últimos años. Al cierre del año 2019, reportó primas anuales por un monto de S/ 956 millones, lo que representó un crecimiento exponencial desde el año 2016, cuando las primas se acercaron a los S/. 13 millones. A su vez, al cierre del 2019 las reservas técnicas de estos seguros se aproximaron a los S/. 2,350 millones: casi el 8% de las reservas de los seguros de vida.
¿Cómo se ha generado este dinamismo desde el 2016? La demanda de estas rentas, como alternativa de ahorro y protección a mediano y largo plazo, ganó un impulso particular a partir de las leyes Nº 30425 y N° 30478, promulgadas ese año, que permiten a los jubilados del sistema privado de pensiones (SPP) a retirar hasta el 95.5% del total de los fondos disponibles en su cuenta individual de capitalización. En este nuevo escenario, las compañías de seguros vienen ofreciendo el producto de renta particular con características flexibles, según las necesidades del asegurado. Aunque se debe indicar que también se trata de un producto que se puede ofrecer a cualquier persona, que sin estar afiliada al SPP, busque contar con los beneficios de estos seguros.
La renta particular es un producto de seguro mediante el cual se entrega al asegurado o a sus beneficiarios una renta periódica, que puede ser vitalicia o temporal (mayormente, a 10 años). A diferencia de las rentas asociadas al SPP, cuyo objetivo es asegurar una pensión vitalicia a los jubilados, se puede adecuar a diferentes necesidades de los asegurados. Por ejemplo, además de tener distintos plazos de período garantizado, puede contar o no con opciones de rescate, de préstamo, y/o de devolución parcial o total de la prima única; así como contar con un seguro de sepelio, entre otros atributos.
Evolución de las reservas matemáticas de las rentas particulares
(En miles de millones de soles)
Reservas matemáticas por tipo de seguro de vida
(En miles de millones de soles)
Ante este sostenido crecimiento, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha considerado necesario mejorar su marco normativo actual, según las características del mercado peruano y considerando los estándares internacionales. Con esa finalidad, se ha trabajado un proyecto de Reglamento de rentas particulares y otros seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión, que actualmente se encuentra disponible en su portal para recibir comentarios y sugerencias (http://www.sbs.gob.pe/normativa-y-estandares/normativa/prepublicacion-de-proyectos-normativos).
El proyecto de norma
El proyecto de Reglamento de rentas particulares y otros seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión desarrolla lineamientos aplicables a estos productos de seguros; incluyendo aspectos relacionados a las prácticas de negocio y su diseño comercial, la transparencia de información hacia el asegurado y hacia el público en general, el reconocimiento de reservas y requerimientos patrimoniales asociados, la gestión de las inversiones que los respaldan, su tratamiento contable, entre otros.
Entre los principales aspectos del proyecto de reglamento, destacan el desarrollo de principios, políticas y procedimientos referidos a la oferta, promoción y gestión de los productos bajo el alcance de la norma. Como parte de ellos, se dispone que los nombres comerciales de estos seguros de vida sean expresados en un lenguaje sencillo y claro para el entendimiento de los usuarios. Además, se plantea como obligación que las empresas cuenten con información suficiente y relevante para el contratante al momento de ofrecerlos, para lo cual deben considerarse las necesidades e intereses de los usuarios, así como los niveles de conocimiento sobre estos productos y su nivel de tolerancia al riesgo.
Asimismo, se propone la identificación de los componentes que corresponden al ahorro o la inversión del asegurado dentro de los productos materia del reglamento, separándolos de aquellos componentes asociados a la cobertura de riesgos de seguros. Dicha identificación debe realizarse tanto en la gestión financiera y de riesgos de las empresas, como en la información que estas brindan al público y a los usuarios.
También se desarrolla la información adicional que deben contener las pólizas y los estados de cuenta de estos productos, en los cuales se deben considerar los conceptos que son cargados y abonados a los usuarios por cada componente, así como los cargos efectuados y las condiciones y variables consideradas para determinar su valor.
Se establece además que las empresas deben remitir o poner a disposición del asegurado un estado de cuenta actualizado sobre los valores de cada una de las cuentas que le pertenecen, a partir de los componentes propios de la cobertura de riesgos de seguros y de los componentes de ahorro o de inversión asociados, el cual debe mostrar la tasa de interés o de retorno efectiva anualizada obtenida (TIR), desde de la fecha de origen hasta la fecha de cierre; y, en el caso de los componentes de inversión, debe presentar el valor y las variaciones en el número de cuotas a favor del asegurado, así como información sobre el portafolio de inversión.
De otro lado, en favor de la protección de los asegurados, el proyecto plantea que los pasivos que corresponden a los componentes de ahorro y/o de inversión se encuentran sujetos al cálculo de requerimientos por margen de solvencia y/o fondo de garantía (conceptos asociados a la cobertura de riesgos) bajo los mismos parámetros establecidos para los seguros de vida individual y rentas.
Cabe indicar que este proyecto estará disponible hasta el 23 de marzo para comentarios y sugerencias. La SBS está comprometida a seguir mejorando el marco normativo del sector seguros que promueva la estabilidad del sector y satisfacer las necesidades de los usuarios.