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Empresas autorizadas a emitir cartas fianza

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  • Conoce qué empresas están autorizadas por la Superintendencia para emitir fianzas o cartas fianza, de acuerdo con la normativa vigente, y en qué se diferencian de las fianzas de naturaleza civil.

Las fianzas o cartas fianza emitidas por las empresas autorizadas por la Superintendencia se encuentran sujetas a las disposiciones sobre fianzas establecidas en el Título X de la Sección Segunda del Libro VII “Fuentes de las Obligaciones” del Código Civil, con las particularidades previstas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702 y sus modificatorias, así como en la regulación emitida por esta Superintendencia que les resulte aplicable. Asimismo, si estas garantías respaldan obligaciones frente al Estado, se deberá observar, adicionalmente, las disposiciones establecidas en la Ley General de Contrataciones Públicas - Ley N° 32069 y sus normas modificatorias o supletorias. Cabe destacar que existen fianzas emitidas por personas naturales o jurídicas cuya naturaleza es de carácter civil. Dichas garantías difieren de las fianzas emitidas por las entidades autorizadas por la Superintendencia, en la medida que son reguladas únicamente por la normativa sobre la materia dispuesta en el Código Civil.