Las AFP deberán colocar en la parte inferior de la Solicitud de Pensión de acogimiento a este tipo de beneficio el texto siguiente:
“Señor afiliado, usted debe tener en cuenta que el acceso al presente régimen denominado REJA 28991 conlleva a que el Bono de Reconocimiento sólo redimirá una vez que el saldo de su CIC de aportes obligatorios se haya agotado, por lo que la pensión definitiva que pueda contratar podría encontrarse por debajo de los valores que le hubieran correspondido si es que hubiera contratado una pensión con el total de su cuenta.
Tenga especial cuidado de este aspecto antes de suscribir la presente solicitud, dado que, posteriormente, no podrá invocar ningún beneficio con garantía estatal en la eventualidad que cumpla con los requisitos para acceder a ese tipo de beneficios. Infórmese.”