Header SBS

Seguros escolares

Seguros escolares


Aprende sobre seguros

Los seguros te ofrecen respaldo económico contra eventos inesperados que podrían afectar tu salud o tu patrimonio al transferir gran parte del riesgo a una empresa aseguradora. A continuación, conocerás los diversos tipos de cobertura, así como tus derechos y obligaciones.

Seguros escolares

Tienen por finalidad proteger a los alumnos contra el riesgo de accidentes dentro o fuera de sus centros de estudios, y/o asegurar el pago de las pensiones estudiantiles en caso de fallecimiento del padre o apoderado y otras coberturas que ofrezcan las compañías aseguradoras. Su contratación no debe ser una condición para la matrícula escolar.

Los seguros escolares más comunes son:

  • Seguro escolar de accidentes: cubre los gastos que genera un accidente dentro o fuera de la institución educativa, de acuerdo con las condiciones establecidas en la póliza.
  • Seguro de pensión escolar garantizada: cubre la muerte o la incapacidad de la persona responsable del pago de las pensiones, garantizando el pago de los estudios del beneficiario.

 

El seguro escolar puede cubrir gastos de sepelio y pensiones por hospitalización del tutor. En caso de fallecimiento o invalidez del tutor, puede cubrir pensiones hasta el fin del periodo escolar y complementar un seguro médico o EPS existente.

 

 

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las coberturas más frecuentes?
  • Gastos por atenciones médicas (hospitalarias o ambulatorias) derivados de un accidente.
  • Indemnización por invalidez permanente total o parcial por accidente.
  • Indemnización por muerte accidental del alumno asegurado.
  • Traslado en ambulancia y/o en avión comercial a nivel nacional (solo en el caso que el asegurado no pueda movilizarse por sus propios medios, dada la gravedad del accidente).
  • Gastos de sepelio por fallecimiento accidental del asegurado y/o del padre de familia.
¿Hay un monto límite de indemnización para estas coberturas?

Sí, las pólizas escolares de accidentes personales tienen un monto límite de indemnización, el cual varía dependiendo del riesgo cubierto (atención médica, invalidez, fallecimiento, gastos de sepelio, u otros) y del tipo de póliza contratada.

Si fallece el padre o apoderado, ¿estará cubierta la pensión escolar del estudiante hasta la culminación de sus estudios?

La pensión escolar estará cubierta hasta el monto señalado en la póliza de seguro. Si la póliza contratada corresponde a un seguro escolar de accidentes personales, lo usual es que cubra como máximo doce meses de pensión, posteriores al fallecimiento del padre o apoderado.

Si la póliza contratada corresponde a un seguro escolar de pensión garantizada, el alumno podría tener asegurado el pago de su pensión escolar hasta la culminación de sus estudios.

¿Qué información debe proporcionarme la compañía de seguros al momento de la contratación del seguro escolar?

La compañía aseguradora debe brindarte información sobre los requisitos, exclusiones, información de beneficios principales y límites, nombre y dirección de los centros de atención médica autorizados, entre otros. Asimismo, debe cumplir con entregarte copia de la póliza contratada.

En caso de sufrir un accidente fuera del horario escolar en un día feriado o durante el período de vacaciones, ¿el alumno se encontrará cubierto por el seguro escolar?

Usualmente este tipo de pólizas de seguro protegen al estudiante asegurado durante las 24 horas del día, los 365 días del año, dentro o fuera de la institución educativa.

 

 

En caso de producirse un siniestro debes avisar a la compañía de seguros en el menor plazo posible, siguiendo los procedimientos establecidos en la póliza contratada.