El dinero electrónico es el dinero almacenado en soportes electrónicos, tales como teléfonos móviles (celulares) o tarjetas prepago, los cuales se encuentran asociados a una cuenta de dinero electrónico cuyo titular es el contratante; así, existen dos tipos de cuentas:
Cuentas simplificadas:
- Cada transacción no puede ser superior a S/ 3000,00.
- El saldo de todas las cuentas de dinero electrónico pertenecientes a un mismo titular, en una misma empresa emisora, no puede ser superior a S/ 10 000,00.
- Las conversiones a dinero electrónico acumuladas en una misma empresa emisora, no pueden exceder el monto de S/ 10 000,00 en un mes.
- Las transacciones acumuladas en una misma empresa emisora (conversión, trasferencias, pagos, etc.) no pueden exceder el monto de S/ 15 000,00 en un mes.
- Solo pueden abrirse en moneda nacional y utilizarse dentro del país.
Cuentas generales:
Aquellas que no cumplen con las características de las cuentas simplificadas permiten efectuar operaciones hasta por el monto máximo de 1 UIT por transacción.
Importante:
Puedes conocer a las empresas autorizadas por esta Superintendencia para emitir dinero electrónico ingresando Aquí. Así también, para mayor información puedes ver la Ley de Dinero Electrónico y Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico.