Actualmente, existen dos procedimientos para retornar al SNP: la Desafiliación y la Nulidad de la Afiliación.
Para conocer sobre el trámite de Desafiliación ingrese aquí.
Para solicitar la Nulidad de la Afiliación, debes encontrarte bajo alguna de las siguientes causales:
Falsificación de Firmas Cuando se compruebe, según el procedimiento establecido, que tu firma es falsificada.
Afiliación por responsabilidad del empleador Cuando no se haya cumplido con las normas que regulaban esta forma de afiliación.
Preexistencia Cuando se compruebe que has sido excluido de la cobertura del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, al ser la fecha de ocurrencia de invalidez determinada por el COMAFP o COMEC anterior a la fecha de tu incorporación al SPP.
Recuerda La presentación de la solicitud de nulidad de afiliación por las causales de falsificación de firmas o afiliación por responsabilidad del empleador, debe ser presentada en el plazo de diez (10) años, el cual se computará a partir de la fecha en que el afiliado tomó conocimiento de su afiliación al SPP. Si no existiera documentación que sustente dicha fecha, se tomará como referencia la fecha de entrega del CUSPP.