Seguros Tipos de seguros

Tipos de seguros

¿Qué encontrarás en esta página?

Las compañías aseguradoras ofrecen diferentes tipos de seguros, dada la variedad de eventos que pueden ocasionar un siniestro. Te presentamos las características y condiciones de los productos de seguro más contratados.

Seguro de Desgravamen

Es un seguro que cubre el pago de la deuda contraída con una entidad del sistema financiero, en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente.

Este seguro es opcional en el caso de créditos de consumo, como el préstamo personal, vehicular, tarjetas de crédito, entre otros; por tanto, las empresas del sistema financiero se encuentran obligadas a ofrecerte al menos un producto sin este seguro. No obstante, en créditos hipotecarios para vivienda, sigue siendo un requisito necesario.

Cabe precisar, que podrás tomar el seguro de desgravamen con la compañía aseguradora de tu elección o incluso endosar tu seguro de vida, siempre que el mismo cumpla con los requisitos mínimos establecidos por la entidad del sistema financiero.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué tipo de coberturas debe brindar de manera obligatoria?

    El seguro de desgravamen debe brindar coberturas obligatorias bajo estas dos modalidades:

    Desgravamen básico: Cobertura de fallecimiento e invalidez.

    Desgravamen con devolución: Fallecimiento, invalidez y sobrevivencia.

  • ¿El seguro de desgravamen puede cubrir otros riesgos?

    No, salvo que decidas contratar coberturas adicionales a las básicas. De ser el caso, requerirá de una aceptación expresa, por cada cobertura adicional contratada.

  • ¿Es obligatoria la contratación de este seguro?

    Contratar este seguro no es obligatorio. Sin embargo, el seguro de desgravamen puede ser condición para contratar únicamente en créditos hipotecarios para vivienda. Así, las empresas del sistema financiero deberán ofrecer créditos de consumo, incluyendo tarjetas de crédito, con y sin seguro de desgravamen, para que ejerzas tu derecho a elegir el producto que más se ajusta a tus necesidades.

  • ¿Me encuentro obligado a contratar el seguro de desgravamen con la aseguradora que determine la institución que me brindó el crédito?

    No, podrás tomar el seguro de desgravamen con la compañía aseguradora de tu elección, siempre que el mismo cumpla con los requisitos mínimos establecidos por la entidad del sistema financiero.

  • ¿Y qué pasa si decides contratar un crédito sin seguro de desgravamen?

    Aplicará lo que se indica en el código civil: la deuda se pagará con la masa hereditaria, que son todos los bienes y obligaciones del asegurado; y no afectará los bienes personales de los herederos. Así, ellos no asumen la deuda con su patrimonio personal.

ImportanteEste es un seguro sobre la vida del asegurado, no tiene por objeto la cobertura del patrimonio.

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