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Pensiones y beneficios

¿Qué encontrarás en esta página?

Módulo de Información de Pensiones y Beneficios

Información acerca de las prestaciones a las que tiene derecho un afiliado al Sistema Privado de Pensiones y otros beneficios.

Pensión de invalidez

Si estas afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) y tienes una pérdida mayor o igual al 50% en tu capacidad de trabajo, puedes tramitar ante tu AFP la respectiva evaluación y calificación de invalidez.

Si ese es tu caso, ten en cuenta lo siguiente:

  • Para poder iniciar el trámite de pensión de invalidez es indispensable que presentes previamente el formato “Solicitud de Evaluación y Calificación de Invalidez” (SECI) ante tu AFP.
  • Si obtienes un dictamen favorable, es decir, uno que te reconozca la condición de invalidez en el SPP por una pérdida igual o superior al 50% de tu capacidad de trabajo, puedes iniciar inmediatamente el trámite para solicitar el pago de pensiones transitorias de invalidez.
  • Si posteriormente obtienes un dictamen de invalidez definitivo por parte de alguno de los Comités Médicos del SPP, puedes solicitar el pago de pensiones definitivas.
Recuerda

Si la invalidez que presentas es ocasionada por una enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer,podrías acceder a los nuevos beneficios que te ofrece el SPP. Recibe mayor información ingresando aquí.

Descargar guía informativa

Preguntas frecuentes

  • ¿Quién califica la situación de invalidez?

    La calificación de invalidez la realizan organismos autónomos, que son el COMAFP y el COMEC.

  • ¿Qué es el COMAFP?

    Es el Comité Médico del Sistema Privado de Pensiones, el cual es financiado por las AFP y que tiene por función evaluar y calificar en primera instancia la invalidez, así como sus causas. Es el encargado de emitir los dictámenes de invalidez.

  • ¿Qué es el COMEC?

    Es el Comité Médico de la SBS, que tiene por objeto calificar en segunda y última instancia la invalidez, es decir conocer y resolver en última instancia las apelaciones que sean presentadas por ti, tus beneficiarios, tu AFP o la empresa de seguros en relación a los dictámenes emitidos por el COMAFP.

  • ¿Qué es la Comisión Técnica Médica - CTM?

    La SBS, cuenta con un órgano Técnico, que es la Comisión Técnica Médica - CTM, encargada de aprobar las normas técnicas médicas de evaluación y calificación del grado de invalidez de los asegurados a las que se deberán someter el COMAF y el COMEC.

  • ¿Por qué se declara invalidez Parcial o Total?

    Es calificada como Parcial, cuando presentas incapacidad física o mental igual o superior al 50%, pero inferior a las 2/3 partes de tu capacidad total de trabajo, de acuerdo a lo que establezca los Comités médicos; y se calificada como Total, cuando presentas incapacidad física o mental igual o superior a las 2/3 partes de tu capacidad de trabajo.

  • ¿Por qué se declara invalidez Temporal o Definitiva?

    La incapacidad también puede ser Temporal, si tu situación de invalidez es superable o recuperable, o Definitiva, si no es recuperable.

  • ¿Cómo accedo al seguro de invalidez?

    Para acceder al seguro de invalidez, tienes que cumplir con lo siguiente:

    - Haber realizado el pago de la prima de seguro en el marco del SPP por lo menos cuatro meses, dentro de los últimos ocho meses anteriores al siniestro.

    - Si eres un trabajador nuevo, el periodo de afiliación no deberá ser mayor de dos meses contados a partir del mes que vence el pago de tu primer aporte.

    Recuerda Hay exclusiones en la cobertura del seguro de invalidez, como es el caso de las enfermedades preexistentes.

  • ¿Qué son las enfermedades preexistentes?

    Son aquellas exclusiones de la cobertura del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio que condicionan la obtención de un beneficio económico indebido para ti o tus beneficiarios.

    Esto se analiza en función de la relación existente entre tu enfermedad con anterioridad a tu incorporación al SPP y tu invalidez o fallecimiento, así como el nivel de conocimiento respecto a tu condición de salud.

  • ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la evaluación y calificación de Invalidez?

    Acércate a tu AFP y presenta la solicitud de evaluación y calificación de invalidez, adjuntando el documento médico que acredite tu estado. Si cumples todos los requisitos tu AFP trasladará la solicitud al Comité Médico de las AFP –COMAFP– para certificar dicha condición, pudiendo ésta solicitar exámenes médicos adicionales, los cuales estarán a cargo de los médicos consultores inscritos en el Registro de la SBS.

  • Si me encuentro en situación de invalidez ¿tengo que seguir aportando al SPP?

    Durante el periodo transitorio de invalidez continuarás aportando a tu CIC sobre tu pensión de invalidez. La diferencia para llegar a los aportes sobre la última remuneración asegurable es cubierta por la empresa de seguros que otorga la cobertura del seguro de invalidez.

    Se entiende por periodo transitorio de invalidez, desde el momento en que se expide el primer dictamen, hasta la emisión del dictamen definitivo. Tal periodo puede ser interrumpido si con anterioridad al dictamen definitivo, cumples 65 años de edad o se produce tu fallecimiento.

    Recuerda Si cumples 65 años de edad, te corresponde la pensión de jubilación.

  • ¿Qué debo hacer para obtener una pensión definitiva?

    Comunica tal condición a tu AFP presentando la copia del dictamen del COMAFP o COMEC, según corresponda, adjuntando la documentación que acredite a tus potenciales beneficiarios de pensión.

    Recuerda La pensión de invalidez cesa cuando experimentes mejoría o si falleces, en este último supuesto, se tramita la pensión de sobrevivencia y gastos de sepelio.

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