Que al momento de la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) hayas pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). El SPP se creó el 06 de diciembre de 1992.
Que hayas nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1945.
Que al momento de solicitar el beneficio hayas alcanzado, al menos, los 65 años de edad.
Que al momento de solicitar el beneficio hayas alcanzado un mínimo de 20 años de aportación entre el SPP y el SNP.
Que los aportes antes señalados se hayan efectuado teniendo como base mínima de cálculo el monto de la Remuneración Mínima Vital, en cada oportunidad.
Que la pensión que otorgue en el SPP con base a lo acumulado en tu cuenta individual y el Bono de Reconocimiento, sea menor a la Pensión Mínima anualizada que otorga el SNP.
Que no hayan dispuesto los recursos de tu CIC, en las condiciones que establezca la SBS.
Que aceptes pagar la deuda por el diferencial de aportes, la cual será establecida en el procedimiento operativo que establezca la SBS para la regularización correspondiente.