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SBS incorpora mejoras al proceso para acceder a una pensión de invalidez
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SBS incorpora mejoras al proceso para acceder a una pensión de invalidez

Lima, 24 de octubre de 2022.- Con la finalidad de mejorar el procedimiento de otorgamiento de las pensiones de invalidez, en beneficio de los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 3223-2022, ha aprobado modificaciones al proceso de dictaminación, a través del cual se determina el grado y naturaleza de la invalidez, las que también tendrán alcance respecto a la aplicación del Manual del Sistema Evaluador de Invalidez (SEI), que es la herramienta para determinar el acceso a una pensión de invalidez.

Cabe destacar que parte importante de los beneficios que ofrece el SPP a los afiliados se refiere a las pensiones de invalidez.

La norma, publicada hoy en el Diario Oficial, establece los lineamientos para la implementación de un modelo de capacitación y desarrollo de competencias que permita que los médicos representantes/consultores, que contrata el Comité de Médico de las AFP (Comafp) y/o la Asociación de AFP (AAFP), cuenten con un conocimiento estándar mínimo de los criterios técnicos-médicos, administrativos y legales vinculados a la normativa del SPP, y a normativas administrativas de alcance general para el procedimiento de evaluación y calificación de invalidez del SPP.

Respecto a las modificaciones del marco normativo, estas tienen como objetivo que el procedimiento de evaluación y calificación de invalidez del SPP, que sigue un afiliado en potencial condición de invalidez, sea más eficiente, acorde a lo establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444).

En tal sentido, se establece la figura de médicos alternos en los comités médicos del SPP para garantizar la continuidad de los procesos, así como la oportunidad de servicio frente al administrado/afiliado; se incorporan los informes de medición del desempeño de médicos consultores como herramienta de apoyo a la supervisión/monitoreo del servicio que prestan a los afiliados del SPP; y se incluye la posibilidad que se realicen procedimientos evaluación/calificación con herramientas tecnológicas, reconociéndose la digitalización de procesos en el SEI, en la medida que ello redunde en favor del administrado y en la calidad del servicio.

La norma entrará en vigencia en 30 días calendario, con excepción de los artículos relacionados al desarrollo de capacidades y competencias del SEI, los que entrarán en vigencia en 180 días calendario.


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