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SBS prorroga la suspensión del cómputo de plazos administrativos ante declaratoria de emergencia nacional
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SBS prorroga la suspensión del cómputo de plazos administrativos ante declaratoria de emergencia nacional

Lima, 13 de marzo de 2020.- Ante la declaratoria de emergencia sanitaria a nivel nacional dispuesta por el Gobierno,  la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)  emitió  la Resolución SBS N° 1280-2020 mediante la cual se prorroga hasta el 26 de abril, inclusive, la suspensión del cómputo de plazos administrativos relacionados con las funciones y atribuciones que le corresponden; con excepción de aquellos en donde la  Superintendencia hubiera solicitado expresamente su cumplimiento.

Cabe recordar que el pasado 16 de marzo, mediante Resolución de Superintendencia N° 1259-2020, se dispuso suspender durante 15 días calendario, el cómputo de dichos plazos en el marco del estado de emergencia decretado por el Gobierno. Posteriormente, a través de la Resolución de Superintendencia N° 1268-2020, se amplió los alcances de dicha medida  hasta el 12 de abril de 2020 y hoy, ante la nueva prórroga del estado de emergencia, se extiende el plazo hasta el 26 de abril.

La medida también incluye los plazos legalmente establecidos para la entrega de información requerida a la  Superintendencia de manera virtual, así como los plazos a los que se refieren los artículos 252 y 253 del Texto único Ordenado de la Ley N° 27444.


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