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NBK BANK EN LIQUIDACION

COMUNICADO

Se hace de conocimiento de los clientes y proveedores del ex NBK Bank, así como de las autoridades tributarias y judiciales y del público en general, lo siguiente:

Mediante Resolución SBS N° 1021-2001, publicada y con vigencia desde el 30 de diciembre del 2001, la Superintendencia de Banca y Seguros ha declarado a NBK Bank en disolución y liquidación, luego de un proceso de reorganización societaria desarrollado al amparo de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 108-2000 y su Reglamento Operativo, que norman el Programa de Consolidación del Sistema Financiero. En ese proceso, el patrimonio de NBK Bank se ha segregado en bloques, uno denominado Bloque Patrimonial, conformado por activos seleccionados por el Banco Financiero como institución adquiriente y por pasivos de NBK Bank al 31 de octubre del 2001; y, otros dos, denominados Bloques en Fideicomiso, uno conformado por activos íntegramente provisionados y otro por activos no seleccionados ni íntegramente provisionados, los cuales, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Operativo, han sido transferidos en dominio fiduciario al Banco Financiero.
NBK Bank en Liquidación, ha sido constituido por imperio de la ley y para la atención de contingencias legales no relacionadas con los activos y pasivos transferidos y no previstas al constituirse los otros bloques.

En virtud que en el referido proceso, los derechos de NBK Bank han sido cedidos al Banco Financiero en propiedad o para su dominio fiduciario, los deudores de NBK Bank, hoy deudores del Banco Financiero o de los Fideicomisos, por el presente quedan fehacientemente comunicados de tal acto, iniciándose los efectos de las respectivas cesiones, debiendo acercarse a las oficinas del nuevo titular a cumplir con sus obligaciones.

Igualmente, todos quienes en calidad de depositantes, proveedores o en cualquier otra forma mantenían acreencias con NBK Bank, serán atendidos en adelante por el Banco Financiero, quien sólo derivará su atención a NBK Bank en Liquidación bajo las condiciones previstas en los contratos respectivos.

Por último, todos quienes en su oportunidad hayan celebrado con los ex Bancos del Progreso o Regional del Norte, así como con el propio NBK Bank, contratos de compra de cartera encargándoles su administración, deberán acreditarlo hasta el día 31 del corriente mes inclusive, en Av. República de Panamá 3655- San Isidro, a efectos de determinar la ejecución futura de las mencionadas comisiones de confianza.

Lima, 17 de enero del 2002.

LOS REPRESENTANTES DEL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
EN NBK BANK EN LIQUIDACION.