Con relación a la intervención realizada hoy a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Micredisol, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) cumple con informar lo siguiente:
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De acuerdo con el mandato constitucional de cautelar el ahorro, en estricta aplicación de la Ley N° 30822 (Ley COOPAC) que otorgó a la SBS el mandato de supervisar el sistema cooperativo de ahorro y crédito desde enero de 2019, mediante Resolución SBS N°3239-2022, se ha intervenido a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Micredisol, por encontrarse en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa.
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La intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Micredisol, conforme con la Ley COOPAC, significa que, al asumir la SBS el control, esta Cooperativa deja de operar normalmente y se aplican una serie de prohibiciones establecidas:
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Iniciar contra la cooperativa intervenida procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
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Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la cooperativa intervenida.
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Constituir gravámenes sobre los bienes de la cooperativa intervenida, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
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Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la cooperativa intervenida, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
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Constituir medidas cautelares contra bienes de la cooperativa intervenida.
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De acuerdo con la Ley COOPAC, la SBS ha designado a sus representantes, quienes tienen los poderes para llevar a cabo el proceso de intervención, y conforme a Ley convocarán a Asamblea General con la exclusiva finalidad de informar a los socios sobre la declaración de intervención, sus efectos y consecuencias, y el plazo máximo legal con el que cuentan para levantar dicha causal, a satisfacción de la SBS, conforme al marco legal vigente. Dicha convocatoria indicará fecha, hora y la agenda de la sesión, y se publicará en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diario de Arequipa, región en que se encuentra el domicilio legal de la Cooperativa.
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Los socios cooperativos podrán realizar sus consultas, referidas a este régimen especial, a través de los siguientes canales de atención:
Lima, 25 de octubre de 2022