1/ Las comisiones sobre la remuneración y las primas retenidas correspondientes a un determinado mes deben pagarse dentro de los 5 primeros dÍas útiles del mes siguiente.
2/ A partir de Enero de 1997 se eliminó el cobro de Comisión Fija.
3/ Porcentaje a descontar sobre la Remuneración Bruta hasta el límite
determinado por el Reglamentode la Ley del SPP(Remuneración Máxima Asegurable Art. 67° del
Título VII del Compendio de Normas reglamentarias del SPP).
*** A partir de Febrero de 2023, el componente de flujo de la Comisión Mixta es 0%, resultando únicamente en Comisión anulado sobre saldo.