PROYECTO: PROYECTO DE REGLAMENTO MARCO DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE SEGUROS AVISO PROYECTO DE REGLAMENTO MARCO DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE SEGUROS
La Superintendencia ha preparado un proyecto para modificar las normas sobre comercialización de seguros que fueron aprobadas por Resolución SBS N° 510-2005.
La comercialización de productos de seguros resulta fundamental para promover la protección que brindan los seguros ante la aparición de eventos que pueden afectar el patrimonio o la vida de las personas.
Los nuevos canales corresponden a modalidades de comercialización ofrecidas por las empresas de seguros a través de personas naturales, jurídicas y medios de comercialización a distancia, por lo que se requiere establecer disposiciones necesarias para que dichos canales cuenten con la debida preparación para ofrecer productos de seguros y además para reiterar la responsabilidad de las empresas de seguros en la utilización de los citados canales. Es de señalar que el uso de canales alternativos de comercialización, permitirá incrementar la penetración de sistema asegurador; con el consecuente efecto económico sobre los asegurados o beneficiarios.
En este sentido, el proyecto propone, principalmente, lo siguiente:
1. Dispone que las empresas de seguros son responsables ante los contratantes, asegurados y beneficiarios por la utilización de los canales establecidos en el Reglamento. 2. Establece la debida capacitación de las personas encargadas del ofrecimiento de productos de seguros. 3. Precisa las características de los productos que pueden ser ofrecidos a través de los canales de comercialización. 4. Incorpora como Fuerza de Ventas, a proveedores de bienes y servicios bajo un marco normativo específico y que previamente deben de suscribir un contrato de comercialización. También conforman 5. La comercialización a través de la bancaseguros, se mantiene tal cual la norma vigente; sin embargo a efectos de la responsabilidad de las entidades del sistema financiero, se le ha relacionado con 6. La novedad relevante de la propuesta es la utilización de medios de comercialización a distancia, como internet u otros análogos que permiten a las empresas de seguros acceder de modo no presencial a los potenciales asegurados, para promocionar u ofrecer sus productos. Esta modalidad puede utilizarse previa autorización de
Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 15 de octubre de 2009, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del mencionado proyecto de norma. Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.
San Isidro, setiembre de 2009
|