PROYECTO: MODIFICACIÓN DE CATEGORÍA DE CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR - RIESGO I (REQUERIMIENTO DE PATRIMONIO EFECTIVO POR RIESGO DE CRÉDITO) Mediante el presente proyecto de norma se modifica el artículo 9° del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito, aprobado por la Resolución SBS N° 14354-2009 y sus normas modificatorias, estableciéndose que la categoría de clasificación del deudor correspondiente al Riesgo I abarcará los ratings que van desde A+ hasta A, y no solo el rating A+ como se señala en la normativa vigente.
Esta modificación se efectúa en tanto que se aprecia que las empresas del sistema financiero peruano que cuentan con una clasificación A de fortaleza financiera poseen, en su mayoría, una calificación BBB (correspondiente a grado de inversión) otorgada por empresas clasificadoras del exterior, siendo esta clasificación similar a la otorgada al Estado Peruano.
Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 2 de octubre de 2013.
Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.
San Isidro, 3 de julio de 2013 age: ES-PE>
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