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PROYECTO: PROYECTO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR Y LA EXIGENCIA DE PROVISIONES, EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CAMBIARIO CREDITICIO Y EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE SOBRE ENDEUDAMIENTO DE DEUDORES MINORISTAS

AVISO

 

PROYECTO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR Y LA EXIGENCIA DE PROVISIONES,  EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CAMBIARIO CREDITICIO Y EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE SOBRE ENDEUDAMIENTO DE DEUDORES MINORISTAS

 

 

Mediante el presente proyecto se modifica el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones aprobado por la Resolución SBS N° 11356-2008 y sus normas modificatorias, el Reglamento para la Administración del Riesgo Cambiario Crediticio aprobado por la Resolución SBS N° 041-2005 y su norma modificatoria y el Reglamento para la Administración del Riesgo de Sobre Endeudamiento  de Deudores Minoristas aprobado por la Resolución SBS N° 6941-2008 y su norma modificatoria.

 

Entre los principales cambios cabe señalar los siguientes:

 

· Se incorpora en el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones, aprobado por la Resolución SBS N° 11356-2008 y sus normas modificatorias, el requerimiento de provisiones por riesgo cambiario crediticio, que son aplicables a deudores clasificados en categoría Normal que se encuentren expuestos a riesgo cambiario crediticio o que no se encuentren identificados. Se excluye de la aplicación de provisiones por riesgo cambiario crediticio a la porción cubierta de los créditos que cuenten con garantías preferidas, garantías preferidas de muy rápida realización o garantías preferidas autoliquidables.

· Se otorga un plazo de adecuación hasta el 31 de julio de 2014 para constituir el total de provisiones requeridas por riesgo cambiario crediticio.

· Se modifica el Reglamento para la Administración del Riesgo Cambiario Crediticio, aprobado por la Resolución SBS N° 041-2005 y su norma modificatoria, en concordancia con los cambios incorporados en el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones. En ese sentido, se elimina el artículo 7° “Requerimiento de provisiones”.

· Se modifica el Reglamento para la Administración del Riesgo de Sobre Endeudamiento  de Deudores Minoristas, aprobado por la Resolución SBS N° 6941-2008 y su norma modificatoria, de acuerdo a lo siguiente: i) se incorpora la definición de “sobre endeudamiento potencial”; ii) se requiere un monitoreo de los deudores con potencial sobre endeudamiento, y; iii) se requiere que la Unidad de Riesgos incluya a los créditos MES y Pequeña Empresa en sus informes sobre campañas de captación de clientes y de aumento de líneas.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 15 de octubre de 2012 inclusive.

 

Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.

 

San Isidro, 13 de Julio de 2012


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Periodo de Recepción del Comentario: Del 13/07/2012 Al 15/10/2012.