PROYECTO: TRANSPARENCIA DE INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS AFOCAT DE LAS INDEMNIZACIONES POR MUERTE NO RECLAMADAS POR LOS BENEFICIARIOS DE LAS VÍCTIMAS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO QUE HAN SIDO CUBIERTOS POR LOS CAT Se ha preparado el proyecto mencionado, con la finalidad de hacer extensiva a las AFOCAT, las disposiciones aplicables a las empresas de seguros que operan el seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT, originadas en la ley N° 28515 Ley que promueve la transparencia de la información del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), modificada por Ley 29361, ley que estableció como nueva obligación de las empresas de seguros la remisión de una comunicación escrita a los beneficiarios para el cobro de las indemnizaciones por la aplicación del SOAT.
Es de señalar que el objeto de la Ley N° 28515 fue establecer la obligatoriedad de que las empresas de seguros publiquen la relación de personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de vehículos automotores, que fallezcan como consecuencia de un accidente de tránsito, con la finalidad de que los beneficiarios ejerzan oportunamente su derecho a la indemnización correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y demás normas reglamentarias y complementarias.
Sobre dicha base, la Superintendencia emitió la Circular S-621-2006, reemplazada por la N° S-638-2009, por la cual se establecen precisiones a las publicaciones en la web de las empresas, en los diarios de circulación nacional y a la información que se debe remitir a esta Institución, toda vez que la Ley ha encargado a la Superintendencia velar por el cumplimiento de lo establecido en ella y además la difusión, con actualización mensual, de la información consolidada de todas las empresas de seguros en su página web.
En este sentido, las AFOCAT, que operan este seguro obligatorio a través de la emisión de los Certificados de Accidentes de Tránsito CAT, deben tener similar obligación, que redundará en alcanzar el objetivo de la emisión de los CAT, en beneficio de las víctimas de accidentes de tránsito
El proyecto se prepublica en aplicación del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general.
Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 25 de febrero de 2011, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del mencionado proyecto de norma.
Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.
San Isidro, enero de 2011 : yellow>
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