PROYECTO: PROYECTO DE RESOLUCION QUE INCORPORA EL SUBCAPITULO I-A SOBRE DIRECTORES INDEPENDIENTES AL TITULO III DEL COMPENDIO DE NORMAS DE SUPERINTENDENCIA REGLAMENTARIAS DEL SISTEMA PRIVADO DE ADMINISTRACION DE FONDOS DE PENSIONES, APROBADO MEDIANTE RESOLUCION 053-98-EF/SAFP, REFERIDO A GESTION EMPRESARIAL Se reglamenta en materia de Director Independiente de la AFP, en virtud de lo establecido por el artículo 21°-C del TUO de la Ley del SPP modificado por la Ley de la Reforma del SPP, Ley N°29903. El proyecto de norma incorpora como requisito la designación de dos directores independientes como mínimo y que este no se haya encontrado vinculado con la administración de la AFP, con su grupo económico, ni con los accionistas principales de la AFP, en un periodo mínimo de diez (10) años consecutivos anteriores a su designación. Además no puede ser designado como director independiente, aquél que haya desempeñado la presidencia del directorio de cualquier AFP o de agrupaciones gremiales representativas de las AFP. Asimismo, al director independiente de una AFP se le asignan funciones especiales a fin que procuren que los acuerdos no sean contrarios a los derechos de los afiliados y sean concordantes a la normativa aplicable a la AFP, así como a la competencia leal del mercado. Por último, se establece la obligación de los directores independientes de una AFP de remitir un informe anual dirigido al Consejo de Participación Ciudadana en Seguridad Social (COPAC) en un plazo de 60 días calendario al cierre del ejercicio anterior, así también se incluye el contenido mínimo que debe contener dicho informe principalmente relacionado al nivel de cumplimiento de transparencia de la información de la AFP. Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 8 de Mayo de 2014, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del mencionado proyecto de norma. Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto. San Isidro, 23 de Abril de 2014
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