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PROYECTO: PROYECTO DE RESOLUCIÓN SBS QUE SUSTITUYE ANEXOS DEL REGLAMENTO DE LAS INVERSIONES ELEGIBLES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN SBS N° 039-2002

PROYECTO DE RESOLUCIÓN SBS QUE SUSTITUYE ANEXOS DEL REGLAMENTO DE LAS INVERSIONES ELEGIBLES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN SBS N° 039-2002

La Superintendencia ha dispuesto la modificación de los siguientes anexos del reglamento de las inversiones elegibles, con la finalidad de adecuarlos a las nuevas disposiciones del reglamento de clasificación y valorización de las inversiones de las empresas de seguros:

 

  • Anexo N° S-1: Obligaciones Técnicas: Sustituye el actual Anexo 1 (Obligaciones Técnicas).
  • Anexo N° S-2: Inversiones Elegibles: Sustituye el actual Anexo 2 (Inversiones Elegibles) y deroga el Anexo 3 (Aplicación de los límites globales a las inversiones elegibles).
  • Anexo N° S-3: Inversión en Depósitos: Reemplaza el Anexo 5 (Inversión en instrumentos con emisión única).
  • Anexo N° S-4: Inversión en Instrumentos Representativos de Deuda: Incluye la información que actualmente se solicita en los Anexos 4 (instrumentos emitidos en serie) y 12 (Otras Inversiones).
  • Anexo N° S-5: Inversión en Instrumentos Representativos de Capital: Incluye la información que actualmente se solicita en el Anexo 6 (Inversión en acciones) y el Anexo 7 (inversión en participaciones en fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión).
  • Anexo N° S-6: Operaciones de Reporte y Pactos de Recompra: Sustituye el actual Anexo 9 (Operaciones de Reporte y Pactos de Recompra).
  • Anexo N° S-7: Inversión en Inmuebles: Sustituye el actual Anexo 8 (Inversión en inmuebles).
  • Anexo N° S-8: Otros Instrumentos: Reemplaza el actual Anexo 12 (Otras Inversiones).
  • Anexo N° S-9: Primas por cobrar a asegurados no vencidas y no devengadas: Cambio de número de anexo debido a las modificaciones anteriores.
  • Anexo N° S-10: Primas por cobrar no vencidas de cedentes: Cambio de número de anexo debido a las modificaciones anteriores.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de la información antes mencionada, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 18 de junio de 2009.

Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.

San Isidro, Mayo de 2009

 

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Periodo de Recepción del Comentario: Del 15/05/2009 Al 18/06/2009.