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PROYECTO: PROYECTO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA EL REQUERIMIENTO DE PATRIMONIO EFECTIVO POR RIESGO DE CRÉDITO - DEFINICION DE PRIMERA VIVIENDA

Mediante la Resolución SBS N° 8548-2012 se modificó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito. Entre las principales modificaciones se destaca los mayores requerimientos de patrimonio efectivo por riesgo de crédito para los créditos hipotecarios otorgados por encima de un indicador prudencial (“Loan-to-Value”) y/o con plazos superiores a veinte (20) años. Cabe indicar que el destino del crédito hipotecario, específicamente si se financia la adquisición o construcción de primera vivienda, es un factor importante en la determinación del indicador prudencial.

 

Desde la entrada en vigencia de la citada Resolución SBS N° 8548-2012 las empresas supervisadas han realizado diversas consultas con relación a la definición de “primera vivienda”. En ese sentido, se ha considerado conveniente elaborar un proyecto que incluya precisiones en la definición de primera vivienda.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 8 de julio de 2013.

 

Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.

 

San Isidro, 5 de abril de 2013

 

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Periodo de Recepción del Comentario: Del 05/04/2013 Al 08/07/2013.