Prepublicación de proyectos normativos

PROYECTO: PROYECTO DE REGLAMENTO DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO

Por medio del presente, hacemos de su conocimiento que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP ha prepublicado el proyecto de Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, que tiene por finalidad establecer disposiciones que refuerzan las medidas actualmente vigentes, con respecto a la expedición y administración de tarjetas de crédito, así como aprobar medidas similares para el caso de tarjetas de débito.

El proyecto desarrolla los siguientes aspectos:

 

§  Medidas de seguridad aplicables a las tarjetas de crédito y de débito, entre las cuales se encuentran:

§  Las tarjetas deberán contar con un circuito integrado o chip que permita almacenar y procesar la información del usuario y sus transacciones.

§  Las empresas deberán otorgar a los usuarios la opción de contar con un servicio de notificaciones que les informe de todas las transacciones realizadas con sus tarjetas, inmediatamente después de ser registradas por la empresa, mediante mensajes de texto a un teléfono móvil y/o correo electrónico, entre otros mecanismos que pueden ser pactados con los usuarios.

§  Las empresas deberán contar con sistemas de monitoreo de transacciones, que tengan como objetivo detectar aquellas transacciones que no corresponden al comportamiento habitual de consumo del usuario.

 

§  Otras disposiciones aplicables a las tarjetas de crédito, como las siguientes:

§  Se realizan precisiones referidas a las facilidades asociadas a las tarjetas de crédito (operaciones por internet, consumos o transacciones efectuadas en el exterior, entre otras) y la posibilidad que tiene el usuario de solicitar su supresión.

§  Se modifica el contenido mínimo de los estados de cuenta, a fin de otorgar información adicional a los usuarios.

§  Se efectúan precisiones sobre la puesta a disposición o envío y recepción de los estados de cuenta.

 

§  Otras disposiciones aplicables a las tarjetas de débito, como las siguientes:

§  Se define a la tarjeta de débito como aquel instrumento que permite, de acuerdo con lo pactado entre la empresa emisora y el titular, realizar transacciones con cargo a depósitos previamente constituidos o a una cuenta de control.

§  Se establecen disposiciones sobre información mínima, condiciones y vigencia aplicable a las tarjetas de débito.

§  Se contemplan aspectos referidos a las facilidades asociadas a las tarjetas de débito (operaciones por internet, consumos o transacciones efectuadas en el exterior, entre otras) y la posibilidad que tiene el usuario de solicitar su supresión.

 

§  Asimismo, se precisan algunos supuestos de responsabilidad de las empresas del sistema financiero, frente a operaciones no reconocidas por los usuarios.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo hasta el día  20 de mayo de 2013, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del proyecto de norma.

19 de marzo de 2013

de marzo de 2013


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Periodo de Recepción del Comentario: Del 19/03/2013 Al 20/05/2013.