Prepublicación de proyectos normativos

PROYECTO: NORMA PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO APLICABLE A LOS AGENTES DE ADUANA Y DUEÑOS, CONSIGNATARIOS O CONSIGNANTES AUTORIZADOS PARA OPERAR COMO DESPACHADORES DE ADUANA

 El presente proyecto de norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los agentes de aduana y dueños, consignatarios o consignantes autorizados para operar como despachadores de aduana supervisados por SUNAT establece las pautas que los referidos sujetos obligados deben considerar para la adecuada implementación de sus sistemas de prevención del lavado de activos y  financiamiento del terrorismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27693 y sus normas modificatorias.

 Los aspectos más relevantes del referido proyecto son los siguientes:

· Capacitación anual en materia de prevención y/o detección del LA/FT con la finalidad de que los agentes de aduana y dueños, consignatarios o consignantes autorizados para operar como despachadores de aduana, así como sus trabajadores, estén instruidos en las normas vigentes sobre la materia.

· Procedimiento de conocimiento del cliente, debida diligencia, conocimiento del mercado y del trabajador.

· Régimen reforzado de debida diligencia en el procedimiento del conocimiento del cliente cuando se trate de insumos químicos y productos fiscalizados e insumos químicos que puede ser utilizados en la minería ilegal.

· Contenido, operaciones materia de registro, umbrales y conservación del registro de operaciones (RO).

· Plazo para el reporte de operaciones sospechosas (ROS) a la UIF-Perú, que no deberá exceder de los quince (15) días hábiles de detectada la operación. El envío del ROS será a través del Sistema ROSEL.

· Diversos aspectos del oficial de cumplimiento, entre ellos, que podrá ser a dedicación no exclusiva; requisitos; la remoción del oficial de cumplimiento deberá ser debidamente sustentada mediante un informe aprobado por el directorio o el gerente general; ausencia temporal y vacancia.

· Aprobación del oficial de cumplimiento corporativo.

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 12 de febrero de 2013,  fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del mencionado proyecto de norma.

 Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto. 

 

San Isidro, 09 de enero de 2013


Descargar Proyecto

Periodo de Recepción del Comentario: Del 09/01/2013 Al 12/02/2013.