Prepublicación de proyectos normativos

PROYECTO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE CLASIFICACIÓN Y VALORIZACIÓN DE LAS INVERSIONES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS A EFECTOS DE ADECUAR A LAS NIIF

AVISO

 

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE CLASIFICACIÓN Y VALORIZACIÓN DE LAS INVERSIONES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS

 

Se ha prepublicado el proyecto que modifica el Reglamento de Clasificación y Valorización de las Inversiones de las Empresas de Seguros, a efectos de hacerlo concordante con las modificaciones al Plan de Cuentas por adecuación a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en el marco del proceso de armonización a las NIIF que sigue esta Superintendencia.

 

El proyecto propone los siguientes temas relevantes:

a) Se incorpora las definiciones de valor de uso e importe recuperable de acuerdo con los conceptos de la NIC 36 Deterioro de Valor de los Activos.

b) Se modifica el artículo correspondiente al deterioro de valor de las inversiones en instrumentos financieros, incorporando la metodología estándar para determinarlo.  Asimismo, se contempla la posibilidad de que las empresas apliquen metodologías alternativas más sofisticadas que la estándar, en cuyo caso deberán solicitar autorización previa a esta Superintendencia acompañada de un Informe de metodología de deterioro de valor, aprobada por el Comité de Riesgos de la empresa.

c)  Se define que la pérdida acumulada por deterioro de valor de las inversiones disponibles para la venta reclasificada del patrimonio al resultado del ejercicio, es la diferencia entre el costo de adquisición neto y el valor razonable actual menos cualquier pérdida por deterioro del valor de ese activo financiero.

d) Se incorpora el concepto de deterioro de valor e importe recuperable en el tratamiento contable de las inversiones en subsidiarias y asociadas, modificándose el numeral correspondiente.

e) Se adiciona el capítulo VIII “Inversiones Inmobiliarias” en el cual se define las inversiones inmobiliarias y su valorización, así como los lineamientos para la tasación de inversiones inmobiliarias. Asimismo, se indica que se deberá solicitar autorización a la Superintendencia a efectos de utilizar el modelo de valor razonable para las inversiones inmobiliarias.  Esta solicitud deberá estar acompañada de un “Informe de Metodología de Valorización de Inversiones Inmobiliarias”, cuyo contenido mínimo se detalla en el artículo 27° (metodologías para la proyección de los flujos de caja, tasa de descuento, cálculo del valor residual y para el cálculo integrado que determina el valor razonable de la inversión inmobiliaria, entre otros criterios).  Este informe deberá ser aprobado por el Comité de Riesgos de la entidad.  Asimismo, se especifica que se debe llevar un expediente con la información pertinente para cada inmueble al que se aplique la citada metodología de valorización.

 

La vigencia propuesta es a partir de enero 2012.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo en la página web  hasta el día 02 de noviembre de 2011, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del proyecto de norma.

 

Lima, 3 de octubre de 2011

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Periodo de Recepción del Comentario: Del 03/10/2011 Al 02/11/2011.