Prepublicación de proyectos normativos

PROYECTO: LINEAMIENTOS PARA LA VENTA DE ACTIVOS DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS EN LIQUIDACIÓN

AVISO

LINEAMIENTOS PARA LA VENTA DE ACTIVOS DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS EN LIQUIDACIÓN

 

Mediante el proyecto que se prepublica, se propone establecer los lineamientos para la venta de los activos de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros en liquidación. 

 

De acuerdo con el artículo 21° del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS N° 0445-99, se establece las obligaciones y facultades de los representantes de las empresas en liquidación, entre las que se hallan el disponer la realización de un inventario de todos los activos, incluyendo el de los correspondientes documentos sustentatorios y disponer la valorización de todos los activos de la empresa.  Asimismo, en el artículo 416° de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887, se ha establecido las funciones de los liquidadores de las empresas cuando entran a la etapa de la liquidación; entre ellas está el transferir a título oneroso los bienes sociales.  Por esta razón, es necesario establecer los lineamientos para la venta de los mismos.

 

Los principales lineamientos son:

 

· Los activos objeto de la presente circular con todos los muebles, inmuebles, valores, créditos, derechos y acciones registrados en la hoja principal del Balance de la empresa en liquidación.

· Los mecanismos de venta que pueden ser utilizados, según el valor de realización del activo son: venta directa y subasta pública.

· Las empresas en liquidación deberán mantener actualizadas, por lo menos cada dos años, las tasaciones de todos sus bienes muebles e inmuebles; la misma que será realizada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento o un perito tasador en función al valor estimado del bien.

· Se establecen los criterios para la valorización de los créditos.

· Se establece las pautas a seguir para los mecanismos de venta directa y de subasta pública.

 

Para facilitar el proceso de envío oportuno de los comentarios al proyecto antes mencionado, se ha habilitado un formulario electrónico que permanecerá activo únicamente hasta el día 30 de diciembre de 2010, fecha a partir de la cual, se iniciará el proceso de consolidación del mencionado proyecto de norma.

 

Agradecemos su participación y comentarios al mencionado proyecto.

 

San Isidro, noviembre de 2010


Descargar Proyecto

Periodo de Recepción del Comentario: Del 30/11/2010 Al 30/12/2010.