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Es muy importante que al matricular a su hijo pregunte acerca del seguro escolar que lo cubrirá ante posibles accidentes. El Colegio debe indicarle el costo que Ud. asumirá, el nombre de la empresa que otorga el seguro y debe entregarle el procedimiento a seguir en caso de accidente. Revise esos documentos y tenga SIEMPRE a la mano el NÚMERO TELEFÓNICO de la empresa de seguros para llamar en caso de emergencia. Recuerde que, en la mayoría de los casos, este seguro contra accidentes cubrirá a su hijo por un año, las 24 horas del día, esté dentro o fuera del colegio, por lo que su vida puede depender de que tanto el niño como usted SEPAN QUÉ HACER presentada la EMERGENCIA.

Si Ud. contara con un seguro que cubre la salud de sus hijos, no está obligado a pagar por el seguro que el colegio le señale. En estos casos es usual que el colegio le solicite las referencias de la póliza que cubre a su hijo como parte del procedimiento.

Al momento de la matrícula pregunte acerca de las coberturas, exclusiones, límites, coaseguros, la relación de centros de salud afiliados, entre otros; de no contar con esta información, solicite el número de la empresa de seguros donde puedan entregarle toda la información, es importante contar con la información y el colegio debe estar preparado para entregársela.

Es obligación de la empresa de seguros entregar un carné o una tarjeta de identificación en donde se consignen los datos principales del estudiante asegurado, a fin que se le pueda identificar fácilmente y reciba la atención a la que tiene derecho.

Usualmente las pólizas escolares de accidentes personales no aseguran a las personas con incapacidad física grave, tal como ceguera, sordera, parálisis, apoplejía y otras incapacidades físicas que agraven notoriamente el riesgo. Sin embargo, dado que las compañías de seguros no realizan un chequeo previo a cada alumno antes de asegurarlo, podría darse el caso que las empresas aseguren a un estudiante con incapacidad física grave sin saberlo, con lo cual surgiría un problema ante un siniestro. Es importante que en el caso de un estudiante que padezca algún tipo de incapacidad física grave, ésta sea informada a la compañía aseguradora ANTES DE LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO.

Aunque el período de vigencia, así como las condiciones de cobertura, del seguro escolar podría variar dependiendo de la póliza contratada, USUALMENTE ESTE TIPO DE PÓLIZAS DE SEGURO PROTEGEN AL ESTUDIANTE ASEGURADO DURANTE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 365 DÍAS DEL AÑO, DENTRO Y FUERA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, a partir, obviamente, de la fecha en la cual se haya contratado la póliza.

En caso de producirse un siniestro, el asegurado debe dar aviso a la compañía de seguros de la ocurrencia de dicho siniestro en el menor plazo posible, siguiendo para ello los procedimientos establecidos en la póliza contratada. TENGA CLARO QUE HACER, Y DE SER LA EDAD DE SU HIJO ADECUADA, ENSÉÑELE QUE HACER Y APÚNTELE EL NÚMERO DE LA EMPRESA DE SEGUROS EN UN DOCUMENTO QUE SIEMPRE PORTE CONSIGO.

Para cualquier consulta sobre el tema, puede dirigirse a la Plataforma de Atención al Usuario (PAU) de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP, sito en Jirón Junín Nº 270, Lima, teléfonos 427-1477 ó 0800-10840 (llamada gratuita) o, si desea, presentar un reclamo ante INDECOPI al teléfono 0800-44040.